Uno de los derechos humanos básicos para el fortalecimiento de la democracia y la construcción de ciudadanía es el de formar parte del gobierno y participar en elecciones genuinas, libres y mediante el voto secreto.
Este derecho es fundamental para proteger todos los demás derechos, ya que solo a través de él se puede establecer un gobierno legítimo, basado en la voluntad popular, y respetuoso de los derechos y libertades ciudadanas.
Dado que los derechos políticos son elementos esenciales de la democracia, el Estado tiene la obligación de garantizar el debate libre de los principales temas de interés y la realización de elecciones generales, libres y garantes de la voluntad popular.
A la luz de los estándares interamericanos, la realización de las elecciones debe caracterizarse por su autenticidad, su periodicidad y su universalidad. La autenticidad está relacionada con la necesidad de que exista una correspondencia entre la voluntad de las personas electoras y el resultado de la elección.
La periodicidad tiene que ver con la necesidad de escrutinio popular sobre el desempeño de las autoridades y debe vincularse con la prohibición de la perpetuación en el poder o el ejercicio de éste sin plazo determinado.
La universalidad implica que las elecciones deben ser realizadas por sufragio universal, a través del cual se tiende a asegurar la participación política de todas las personas facultadas para hacerlo, teniendo en cuenta que es posible establecer ciertas limitaciones o exclusiones como la prohibición de la reelección.
El proceso electoral que se avecina adolece de la autenticidad requerida, ya que la candidatura del actual presidente Hernández goza de ventajas indebidas en la contienda, pues está basada en la suplantación de la soberanía popular debido a que la Sala de lo Constitucional usurpó la facultad del pueblo como único sujeto político facultado para reformar la prohibición de la reelección.
A su vez, el presidente-candidato Hernández tiene un control absoluto de las instituciones democráticas, particularmente del Poder Judicial y del Tribunal Superior de Cuentas, y no hay ninguna garantía de que los recursos públicos no están siendo utilizados para financiar su campaña política y condicionar el voto a través de sus programas asistencialistas.
Usurpar al soberano su facultad constituyente de modificar o no el artículo pétreo que prohíbe la reelección implica romper el orden constitucional y hacer de las próximas elecciones casi un mero trámite para la instauración de la dulce dictadura de un hombre y un grupo que creen que este país de todos y todas, les pertenece.
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