viernes, 2 de agosto de 2013

¿Desarrollo vs. derechos humanos?


El Estado de Honduras y las comunidades tienen derecho al desarrollo, lo cual implica libertad de explotar sus recursos naturales, incluyendo el otorgamiento de concesiones y la apertura a inversiones internacionales. No obstante, no puede haber propiamente desarrollo sin el respeto pleno por los derechos humanos.
Antes de aprobar u otorgar concesiones extractivas o de realizar planes y proyectos de inversión y desarrollo que afecten los recursos naturales, el Estado tiene la obligación, de acuerdo con la jurisprudencia interamericana, de cumplir con lo siguiente:
1. Consulta previa y consentimiento: El Estado debe asegurar la participación efectiva de los miembros de las comunidades de conformidad con sus costumbres y tradiciones, en relación con todo plan de desarrollo, inversión, exploración o extracción que se lleve a cabo dentro de sus territorios.

Es importante dejar claro que la consulta previa debe regirse por los siguientes principios rectores:

a)      Buena fe: El Estado está obligado a realizar la consulta en un clima de confianza, con la intención de tomar en cuenta la opinión que expresen los pueblos consultados sin que se les pretenda engañar, traicionar o brindar información sesgada o parcial. Por tanto, los procesos de consulta y la decisión de las comunidades no deben considerarse una mera formalidad para legitimar los proyectos sometidos a su consulta.

b)      Previa: El momento en que se realice la consulta es clave para un verdadero ejercicio de decisión por parte de los pueblos afectados. La consulta debe realizarse en las primeras etapas del plan de desarrollo o inversión y no únicamente cuando surja la necesidad de obtener la aprobación de la comunidad, si éste fuera el caso. El aviso temprano proporciona un tiempo para la discusión interna dentro de las comunidades y para brindar una adecuada respuesta al Estado.

c)      Libre: El verdadero ejercicio del derecho a la consulta exige que ésta se realice libre de injerencias externas, de coerción, intimidación y manipulación. El condicionar servicios sociales básicos como la educación o la salud, reflejados en la construcción de escuelas o centros de salud, supone una coerción con respecto a la libre decisión de las comunidades afectadas, además de una violación a los derechos económicos, sociales y culturales, que nunca deben ser condicionados a la realización de un proyecto. Incluso, el planteamiento en disyuntiva sobre desarrollarse o continuar en la pobreza y marginación también puede ser considerado como una forma de coerción a la decisión de las comunidades.

d)     Informada: Las comunidades deben contar con la suficiente información que les permita tomar una posición con respecto al proyecto consultado. Esta información debe incluir (d.1) la naturaleza, envergadura, impacto y alcances del proyecto; (d,2) la razón u objetivo del proyecto; su justificación; (d.3) duración y tiempos del proyecto; (d.4) lugares y zonas que serán afectadas; (d.5) evaluación del probable impacto económico, social, cultura y ambiental; (d.6) posibles riesgos y beneficios; (d.7) elementos de un posible desplazamiento.

2. Participación en los beneficios: El Estado debe garantizar que los miembros de las comunidades se beneficien razonablemente del plan que se lleve a cabo dentro de su territorio. El Estado tiene la obligación de garantizar la participación de las comunidades en la determinación de los beneficios que producirán los planes o proyectos propuestos, a través de procedimientos apropiados.

Por ello, el Estado debe garantizar que en el marco de los procedimientos de consulta previa se establezcan los beneficios que serán percibidos por las comunidades afectadas, y las posibles indemnizaciones por los daños ambientales, siempre de conformidad con sus propias prioridades de desarrollo. La determinación de los beneficiarios debe ser hecha en consulta con las comunidades y no unilateralmente por el Estado. No debe confundirse la participación en los beneficios de un proyecto con la dotación de servicios sociales básicos que de cualquier modo corresponde proveer al Estado en virtud de sus obligaciones en materia de derechos económicos, sociales y culturales.

3. Estudios de impacto: El Estado debe garantizar que no se emitirá ninguna concesión dentro de los territorios de las comunidades a menos y hasta que entidades independientes y técnicamente capaces, bajo la supervisión del Estado, realicen un estudio previo de impacto social y ambiental que evalúen la incidencia social, espiritual y cultural y sobre el medio ambiente que las actividades de desarrollo previstas pueden tener sobre tales comunidades.

El objetivo de estos estudios no es sólo tener alguna medida objetiva del posible impacto sobre la tierra y las personas, sino también asegurar que los miembros de las comunidades tengan conocimiento de los posibles riesgos, incluidos los riesgos ambientales y de salubridad, a fin de que acepten el plan de desarrollo o inversión propuesto con conocimiento y de forma voluntaria. Estos estudios deben realizarse con carácter previo a la aprobación de los planes respectivos.

Además, deben ser concluidos de manera previa al otorgamiento de la concesión, ya que uno de los objetivos de la exigencia de dichos estudios es garantizar el derecho de las comunidades a ser informado acerca de todos los proyectos propuestos en su territorio. De cualquier manera, el Estado no debe aprobar un proyecto que pueda amenazar la supervivencia física o cultural del grupo. El término “supervivencia” significa mucho más que supervivencia física sino que abarca la relación de las comunidades con su territorio y su cultura.

Contrario a ello, El Estado de Honduras está concesionando el territorio nacional a compañías mineras, hidroeléctricas y madereras a espaldas de las comunidades y de los intereses nacionales, ante lo cual los pobladores y organizaciones están realizando acciones justificadas de resistencia, denuncia y oposición. Pero como consecuencia, son objeto de amenazas, secuestros, ataques violentos y asesinatos cometidos por policías, militares, funcionarios, empleados de las empresas, guardias privados de seguridad y otros grupos particulares con el apoyo o anuencia estatal.
Ejemplos de ello son los atentados contra la vida e integridad de Adonis Romero, José Lemus, José Ángel Fúnez, Cecilio Alfaro, Merlin Pineda, Enrique Castillo, Isaías Amaya y otros líderes y defensores de derechos humanos de la comunidad Nueva Esperanza y de las comunidades que integran el Patronato Regional del Sector Florida en el municipio de Tela, departamento de Atlántida.
También el reciente atentado por parte del ejército en contra de la población Lenca de Río Blanco que se oponen al proyecto de DESA y SINOHYDRO, en el que murió Tomas García, miembro del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH) y resultó gravemente herido su hijo Allan García Domínguez.
La defensa de los bienes naturales es un asunto que nos debe importar a todos y todas. Los daños ecológicos u otros daños como consecuencia de proyectos o planes de desarrollo o inversión o de concesiones extractivas, nos impacta a todos y pone en riesgo nuestras vidas y la de las futuras generaciones.
Debemos asumir articuladamente esta lucha por la vida antes que la desolación, la destrucción, la enfermedad y la muerte suplanten violentamente nuestros árboles, nuestros ríos, nuestro aire y nuestra riqueza natural.



miércoles, 31 de julio de 2013

Cuando las estadísticas tienen cara y nombre, y la justicia pierde



Que Honduras es el país más violento del mundo es una afirmación que ya no nos asusta. Que cada día mueren 20 personas de manera violenta es una cifra que ya ni siquiera nos alarma. Que los sectores más golpeados por la violencia son las mujeres, los niños y los jóvenes menores de 23 años ya es parte de nuestra normalidad.
No obstante, cuando esas estadísticas adquieren la cara y el nombre de alguien con historias y con familias que conocemos, entonces la violencia logra otra dimensión y la tragedia muda de las cifras se convierte en un grito desesperado.
La semana pasada, entre las 20 víctimas diarias de la violencia apareció el nombre de Mireya Mendoza, una mujer joven, madre, amiga, compañera, jueza de sentencia en la ciudad de El Progreso, una profesional con una trayectoria intachable y miembro de la junta directiva de la Asociación de Jueces por la Democracia, organización hermana y parte de la Convergencia por los Derechos Humanos.
El asesinato de Mireya no sólo golpea a su familia y amistades, también es un golpe para la democracia. Como señaló Tirza Flores en su reciente testimonio ante la Comisión de Derechos Humanos Tom Lantos de la Cámara de Representantes del Congreso de los Estados Unidos, “Esta irreparable pérdida nos llena de profunda preocupación y pone en evidencia nuevamente la profunda crisis de seguridad que actualmente enfrentamos, en donde la vida de los seres humanos no tiene ningún valor, ni siquiera tratándose de una mujer valiente y comprometida con el fortalecimiento del Estado de Derecho, como es el caso de esta colega jueza”.
No sólo la judicatura está de luto. Toda Honduras perdió violentamente a una de sus mejores mujeres y a una de sus mejores juezas. Apropiándonos de las palabras de la Asociación de Jueces por la Democracia a la que Mireya pertenecía, decimos que “Un hecho como el acontecido, la muerte de una juzgadora en el altar de la justicia, debería conmocionar a todo el país. Todas y todos nos deberíamos indignar y hacer escuchar nuestra voz de repudio. Es hora de decir: ¡Basta ya! No más impunidad”.

lunes, 29 de julio de 2013

CEJIL Condena Asesinato de Jueza Hondureña y Exige Investigación

San José, 29 de julio de 2013.

El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) condena el asesinato de la jueza Mireya Mendoza, quien se desempeñaba como jueza del Tribunal de Sentencia de la Ciudad de El Progreso en Honduras, y además ocupaba el cargo de Pro Secretaria de la Junta Directiva de la Asociación de Jueces por la Democracia (AJD).

La jueza Mendoza fue asesinada el pasado 24 de julio de 2013, alrededor del medio día, mientras conducía su vehículo particular y sujetos desconocidos le dispararon en aproximadamente veinte ocasiones.

El asesinato de la jueza no ha sido el único contra operadores de justicia en este país. En el año 2010, también fue asesinada la jueza Olga Mariné Laguna y el 27 de mayo de 2011, fue asesinado Raúl Enrique Reyes Carbajal, coordinador en Honduras de la Fiscalía en Puerto Cortes, quien días antes de asumir este cargo se habría desempeñado como fiscal contra el Crimen Organizado en San Pedro Sula. 

Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el año de 2011 cuando publicó su Segundo Informe sobre la Situación de las Defensoras y Defensores de Derechos Humanos,manifestó su preocupación por la cifra de 22 jueces hondureños que señalaron encontrarse amenazados de muerte por conocer de casos delicados relacionados con el crimen organizado, grupos juveniles o pandillas.

Adicionalmente, resulta preocupante el contexto de impunidad que prevalece en Honduras. Al respecto, recientemente, el ex Fiscal General de la República, Luis Rubí, declaró ante el Congreso Nacional que el 80% de los homicidios cometidos en el país quedan en la impunidad por la falta de capacidad de los órganos de investigación.

No obstante, el Estado de Honduras tiene el deber jurídico de investigar las afectaciones al derecho a la vida. En tal sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que los Estados deben “iniciar ex officio y sin dilación, una investigación seria, imparcial y efectiva (…) por todos los medios legales disponibles y orientada a la determinación de la verdad y a la investigación, enjuiciamiento ycastigo de todos los responsables de los hechos”.

El asesinato de la jueza Mendoza es de suma preocupación por el inevitable efecto amedrentador en todas aquellas personas comprometidas con la búsqueda de la justicia. Si no se investiga y sanciona a la totalidad de los responsables –tanto materiales como intelectuales–, el Estado estaría tolerando estos actos y con ello se intimidaría la labor independiente e imparcial de jueces y otros operadores de justicia” declaró Marcia Aguiluz, Directora del Programa de CEJIL para Centroamérica y México.

CEJIL hace un llamado a las autoridades hondureñas para que asignen todos los recursos que sean necesarios con el objetivo de investigar efectivamente el asesinato de la jueza Mireya Mendoza y sancionar a los responsables. A la vez, instamos a las autoridades a crear un mecanismo de protección para operadores de justicia que tenga como objetivo la prevención de este tipo de hechos y la garantía plena de la independencia judicial.

Contacto en Costa Rica:
Marcia Aguiluz
Directora del Programa para Centroamérica y México
Tel. (506) 2280-7473 / 7608

Guerra de cifras, luto en las calles



De acuerdo con el Observatorio de la Violencia de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, hasta el 30 de mayo de este año se registraron 2973 homicidios, de los cuales el 90% fueron cometidos con arma de fuego.
Con estos datos, el promedio de asesinatos en el país es de 595 mensuales, lo cual implica que cada día mueren violentamente 20 personas; en otras palabras, cada hora y veinte minutos una persona es asesinada. Cortés y Francisco Morazán son los departamentos más violentos con 904 y 725 homicidios, respectivamente.
Y como es de esperarse, uno de los sectores más golpeados por esta violencia son las mujeres, debido a que se registra la muerte violenta de una mujer o un femicidio cada 14 horas.
Pese a la contundencia de los datos aportados por el Observatorio, el presidente Lobo y el jefe de la Policía Nacional, Juan Carlos Bonilla, se empecinan en su discurso que la violencia ha disminuido.
Lobo Sosa incluso se ha atrevido a señalar que durante 9 días no se ha reportado ningún homicidio; mientras que el “Tigre” Bonilla rechaza que en el país mueran violentamente 20 personas diarias, pero ninguno de los dos aporta pruebas concretas como sí lo hace el Observatorio de la universidad para sustentar científicamente sus informaciones.
Lo que está claro es que ante el total fracaso de las medidas adoptadas por las autoridades civiles y policiales frente al fenómeno de la violencia, ahora mejor han optado por la negación, mientras en las calles diariamente mueren decenas de personas que engrosan unas estadísticas que nos enlutan y nos convierten en una sociedad fallida.

sábado, 13 de julio de 2013

¿Hacia el retorno de una práctica inhumana?



Durante los últimos dos años la Fiscalía Especial de Derechos Humanos ha recibido 16 denuncias por el delito de desaparición forzada. La propia Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los defensores de derechos humanos, al concluir su visita oficial a Honduras del 7 al 14 de febrero de 2012, denunció que se están cometiendo desapariciones forzadas en el país.
De acuerdo con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la gravedad de este delito radica en que constituye una violación múltiple y continuada de numerosos derechos que el Estado de Honduras está obligado a respetar y garantizar. En primer lugar, el secuestro de una persona es un caso de privación arbitraria de libertad que vulnera, además, el derecho a ser llevado sin demora ante un juez y a interponer los recursos adecuados para controlar la legalidad de su detención.
En segundo lugar, el aislamiento prolongado y la incomunicación coactiva a los que se ve sometida la víctima representan, por sí mismos, formas de tratamiento cruel e inhumano, lesivas de la libertad psíquica y moral de la persona y de su derecho al respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
En tercer lugar, los testimonios de las víctimas que han recuperado su libertad demuestran que también se ven sometidas a todo tipo de vejámenes, torturas y demás tratamientos crueles, inhumanos y degradantes.
Y en cuarto lugar, la práctica de desapariciones ha implicado con frecuencia la ejecución de las víctimas, en secreto y sin juicio, seguida del ocultamiento del cadáver con el objeto de borrar toda huella material del crimen y de procurar la impunidad de quienes lo cometieron.
Lastimosamente, las desapariciones no son una novedad en el país. De hecho, el Estado de Honduras fue el país que inauguró la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos al ser encontrado responsable por la desaparición forzada de Manfredo Velásquez Rodríguez y Saúl Godínez Cruz, dos de los 184 casos de desaparecidos durante los años 80 y que pese a haber sido documentados por el entonces Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, liderado por Leo Valladares Lanza, ninguno ha sido investigado diligentemente y no se ha producido ninguna sentencia condenatoria.
Las heridas abiertas por la impunidad de la década de los años 80 continúa siendo una afrenta a la conciencia de la humanidad y de las víctimas, ya que no sólo produce la desaparición momentánea o permanente, sino también un estado generalizado de angustia, inseguridad y temor. Aunque aproximadamente 27 oficiales de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional fueron procesados penalmente por estos hechos, ninguno ha sido condenado y muchos de sus procesos terminaron en sobreseimientos definitivos.
Y esas heridas se mantienen sangrando particularmente para las familias de las víctimas que terminan convertidas también en víctimas en tanto que sufren continuamente la angustia y el dolor de no saber dónde está y qué le pasó a su familiar, quiénes son los responsables de su desaparición y particularmente, preguntándose si está vivo o muerto Mientras no se encuentra su cuerpo, como dice Benedetti, viven “buscándose / buscándonos” porque “nadie les ha explicado con certeza si ya se fueron o si no, si son pancartas o temblores sobrevivientes o responsos”.
La desaparición temporal y el asesinato del periodista Aníbal Barrow es un ejemplo reciente de ello, pues independientemente que su desaparición y asesinato hayan sido cometidos por agentes estatales o por particulares, si el Estado hondureño no investiga diligentemente ni sanciona a todos los responsables intelectuales y materiales de tales hechos y de los restantes que han quedado en total impunidad, debemos reconocer que nos enfrentamos al terrible retorno de una práctica inhumana.