Las organizaciones que integramos la COALICIÓN CONTRA LA IMPUNIDAD, ante los intentos de parte del sector fundamentalista religioso del país, a la opinión pública nacional e internacional, expresamos lo siguiente:
PRIMERO: Que en fecha 21 de Febrero del 2013, según decreto 144-83 el Congreso Nacional de la República de Honduras, aprobó una reforma al Código Penal, donde tipifica el delito de discriminación en sus artículos 321 y 321 A, que literalmente expresa: “ será sancionado con reclusión de tres a cinco años y multa de cuatro a siete salarios mínimos a la persona que arbitrariamente o ilegalmente obstruya, restrinja, disminuya o anule el ejercicio de los derechos individuales y colectivos o deniegue la prestación de un servicio profesional por motivos de sexo, género, edad, orientación sexual, identidad de género, militancia partidista u opinión política, estado civil, pertenencia a pueblos indígenas y afrodescendientes, idioma, lengua, nacionalidad, religión, filiación familiar, condición económica o social, capacidades diferentes o incapacidad, condiciones de salud, apariencia física o cualquier otra que atente contra la dignidad humana de la víctima. […]”
SEGUNDO: En los últimos días dicho artículo ha sido objeto de críticas de parte de la Confraternidad de Iglesias Evángelicas de Honduras en particular del líder religioso Evelio Reyes, y otros sectores fundamentalistas religiosos, argumentando que dicho artículo contraviene la libertad de culto, religión y expresión, ya que según estas personas atenta contra la libertad y las buenas costumbres. Y llaman a integrantes de sus iglesias a usar dichas libertades para discriminar a un sector específico de la sociedad. Consideramos estas acciones son reprochables, pues atentan contra las acciones de defensores y defensoras de derechos humanos de la diversidad sexual quienes incoaron acciones ante las autoridades competentes, sin perjuicio de las y los defensores de derechos humanos que puedan incoarlas, por otros cualquiera de los motivos que expresa dicho artículo, manifestamos que respetamos la libertad de culto y libre ejercicio de las religiones, garantía individual garantizada por la Constitución, y retomamos lo estipulado por el principio No. 21 de Yogyacarta, Indonesia 2006, sobre “Principios sobre la aplicación de la legislación internacional en materia de Derechos Humanos por ser correlativo a la orientación sexual e identidad de género” que literalmente enuncia: “Estos derechos de libertad de conciencia y de religión no pueden ser invocados para justificar leyes políticas o prácticas que nieguen el derecho a igual protección ante la ley o que discriminen por motivos de orientación sexual o identidad de género”.
TERCERO: Para reafirmar nuestra posición concordante con la normativa nacional e internacional vigente llamamos al Estado de Honduras a que se comprometa a “prevenir, eliminar, prohibir y sancionar de acuerdo con sus normas constitucionales y con las disposiciones de [la citada convención], todas las manifestaciones de discriminación e intolerancia […], tal y como se estipula en la CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN E INTOLERANCIA, ratificada por el 43° Período ordinario de sesiones por el Estado de Honduras en Junio del año 2013 en el hermano país de Guatemala, y aseguren a quienes iniciaron acciones ante las autoridades competentes un debido proceso.
CUARTO: Instamos a la sociedad hondureña a defender el Artículo 321 porque abarca a todos y todas las personas, y por ser un deber ineludible construir un Estado Laico donde prevalezcan las disposiciones que coadyuven a la armonía y a la posibilidad que las personas vivamos en igualdad de derechos y deberes, y progresivamente se consoliden los caminos que procuren que toda la ciudadanía esté protegida en contra del odio, repudio y discriminación por el perfil o condición personal, que en la libertad de cada cual decida.
SEXTO: Aprovechamos para recalcar que las intenciones de reformar dicho artículo atenta contra la libertad de todas y todos los que aspiramos a vivir en libertad y en el ejercicio de nuestras necesidades y visiones personales del mundo, de las relaciones y de nuestra idiosincrasia.
Por un mundo donde seamos socialmente iguales, humanamente diferentes y totalmente libres.
Rosa Luxemburgo
26 de Agosto de 2013
COALICION CONTRA LA IMPUNIDAD – HONDURAS
Integrada por las siguientes organizaciones: Asociación Arcoiris - Asociación de Jueces por la Democracia (AJD) - Asociación Intermunicipal de Desarrollo y Vigilancia Social de Honduras (AIDEVISH) - Asociación por una Ciudadanía Participativa (ACI-PARTICIPA) - Centro de Derechos de Mujeres (CDM) - Centro de Estudios de la Mujer Honduras (CEM-H) - Centro de Investigación y Promoción de Derechos Humanos (CIPRODEH) – Colectivo Gemas - Colectivo Unidad Color Rosa - Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Honduras (COFADEH) - Comité por la Libre Expresión C-Libre - Comunidad Gay Sampedrana - Convergencia por los Derechos Humanos de la Zona Nor Occidental – Crisálidas de Villanueva - Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación / Radio Progreso - Feministas Universitarias - Foro de Mujeres por la Vida - Movimiento Amplio por la Dignidad y la Justicia (MADJ) - Movimiento de Mujeres por la Paz “Visitación Padilla” - Red de Mujeres Jóvenes de Cortés – Red de Mujeres “Ramón Amaya Amador” - Red Nacional de Defensoras - Tribuna de Mujeres contra los Femicidios
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