martes, 20 de abril de 2010

Honduras en la lista siniestra de los derechos humanos

Cada año, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos publica un informe anual en el que incluye una lista de países cuyas prácticas en materia de derechos humanos generan especial preocupación para la comunidad internacional.

Se han establecido cinco criterios para determinar qué países se incluyen en esta especie de “lista siniestra”. El primer criterio corresponde a aquellos Estados cuyos gobiernos no han llegado al poder mediante elecciones populares, por el voto secreto, periódico y libre, según normas y principios internacionalmente aceptados.

El segundo criterio se relaciona con los Estados donde el libre ejercicio de los derechos humanos ha sido suspendido en su totalidad o en parte, en virtud de la imposición de estados de emergencia, estados de sitio, suspensión de garantías, o medidas excepcionales de seguridad.

El tercer criterio corresponde a la existencia de pruebas incuestionables de que un Estado comete masivas y graves violaciones a los derechos humanos. El cuarto criterio se refiere a los Estados que se encuentran en un proceso de transición de cualquiera de las tres situaciones arriba mencionadas.

Y el quinto criterio se relaciona con graves situaciones coyunturales o estructurales que afectan seriamente el goce y disfrute de los derechos humanos, tales como, situaciones de violencia, crisis institucionales, procesos de reforma institucional con incidencias negativas para los derechos humanos u omisiones en la adopción de disposiciones necesarias para hacer efectivos los derechos de la población.

De la simple lectura de estos cinco criterios es fácil estar de acuerdo con la inclusión de Honduras en la lista siniestra de los derechos humanos por parte de la Comisión Interamericana, ya que, como ha quedado evidenciado, a pesar de las graves y sistemáticas violaciones a los derechos del pueblo hondureño, las autoridades públicas y sobre todo la Corte Suprema de Justicia siguen negando constantemente la existencia de tales violaciones, lo cual se traduce en una situación de inactividad y tolerancia que facilita la repetición de estos hechos de manera impune.

Si el sistema democrático es la garantía principal para la vigencia de los derechos humanos, entonces, mientras no se investiguen y sancionen a los responsables materiales e intelectuales de todas estas violaciones no podremos catalogar a Honduras como un verdadero Estado de derecho.

El Informe Anual de la CIDH puede consultarse en: http://www.cidh.org/annualrep/2009sp/indice2009.htm

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