martes, 19 de noviembre de 2019

El fracaso del Estado frente al derecho a la vida


En varias sentencias contra el Estado de Honduras por la violación del derecho a la vida de las víctimas, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que el Estado tiene dos obligaciones frente a este derecho.

Por un lado, una obligación negativa, la cual implica que ninguna persona sea privada de su vida arbitrariamente; por otro lado, una obligación positiva que requiere del Estado la adopción de todas las medidas adecuadas para proteger y preservar ese derecho.

Una de las medidas fundamentales es la realización de investigaciones de oficio, sin dilación, imparciales y efectivas, ya que cuando los hechos no son investigados con seriedad, resultan, en cierto modo, auxiliados por las autoridades.

Esto es así porque cuando los delitos no son investigados se genera una impunidad estructural que provoca la repetición crónica de los hechos delictivos. Por esta razón, de acuerdo con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la tasa de impunidad en Honduras sobrepasa el 90%.

Esta impunidad explica que se cometan 5 masacres cada mes y que en lo que va del año se hayan registrado 58, lo cual representa un aumento del 50% en comparación con el año pasado en el que se registraron 43 masacres según el Observatorio de la Violencia de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras.

Cuando un Estado no es capaz de proteger el bien más preciado en una sociedad, es decir, la vida de las personas, sin duda alguna ha fracasado en su fin y razón de ser, que no es otra cosa que proteger la dignidad humana que representa su fin supremo de acuerdo con el artículo 59 constitucional.

A medida que se sigue profundizando la crisis que se volvió más grave desde el golpe de Estado de 2009, la refundación del Estado se convierte en una necesidad imperiosa e impostergable. 

No hay comentarios: