martes, 2 de junio de 2020

La articulación desde la esperanza

El domingo 17 de mayo se cumplieron 16 años de haber ocurrido una de las más grandes tragedias en un centro penitenciario en América Latina: el incendio del centro penal de San Pedro Sula en el que murieron 107 personas privadas de libertad.

A su vez, el domingo 18 de mayo se cumplieron 22 años del asesinato del ambientalista y regidor de la corporación municipal de Catacamas, Carlos Antonio Luna López, cuya vida fue arrebatada por su incansable defensa del medio ambiente.

Por ambos casos, el Estado de Honduras fue declarado responsable internacionalmente por la Corte Interamericana de Derechos Humanos a través de las sentencias conocidas como Pacheco Teruel y otros, y Luna López, en las cuales el ERIC-SJ participó como co-litigante.

El proceso de estas sentencias no brinda dos lecciones esenciales en materia de derechos humanos. En primer lugar, la importancia del establecimiento de alianzas, ya que en dichos casos participaron varias organizaciones de forma coordinada.

En estos procesos hubo una estrecha coordinación entre el ERIC-SJ, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), y la Pastoral Social Caritas y la Pastoral Penitenciaria pertenecientes a la Diócesis de San Pedro Sula.

Y, en segundo lugar, estas sentencias representan el resultado del uso estratégico de las herramientas que brinda el Sistema Interamericano de Derechos Humanos cuando el sistema de justicia nacional no tuvo la capacidad o voluntad de investigar los hechos violatorios.

Aunque se debe tener claro que estas sentencias no han cambiado ni van a cambiar por arte de magia la grave situación de derechos humanos existente, sirven y deben servir como herramientas políticas y jurídicas para transformar dicha situación desde las alianzas y las articulaciones.

En ese sentido, este tipo de sentencias ha permitido la constitución de la Mesa de Seguimiento al Cumplimiento de las Sentencias y Resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, conformada por varias organizaciones que han logrado sentencias interamericanas.

Desde la Mesa de Seguimiento continuamos articulándonos desde la esperanza y aspiramos a que las sentencias de la CorteIDH nos sirvan como una herramienta más para que casos como los del centro penal y Luna no vuelvan a repetirse.
 

Una autocracia llamada JOHonduras


La Unidad de Inteligencia del diario inglés The Economist publica cada año el índice de democracia, el cual es una clasificación mediante la cual se mide la fragilidad o fortaleza democrática de cada 165 países del mundo. 
 
El análisis se realiza en base a cinco pilares: proceso electoral y pluralismo, libertades civiles, funcionamiento del Gobierno, participación política y cultura política, y dependiendo de sus resultados los países se clasifican en democracia completa, democracia débil, régimen híbrido y régimen autoritario. 
 
Honduras ha sido catalogada como un régimen híbrido y a un eslabón de ser totalmente autoritario, caracterizado por la falta de un poder judicial independiente, corrupción generalizada, acoso y presión sobre los medios de comunicación, bajos niveles de participación ciudadana y presión sobre la oposición política. 
 
Sumado a ello, el Índice Bertelsmann que mide los procesos de transformación hacia la democracia y que es el resultado de la colaboración de cerca de personas académicas de cerca de 300 países, señaló recientemente que Juan Orlando Hernández reconvirtió a Honduras en una autocracia. 
 
Es otras palabras, estamos bajo un régimen político en el que una sola persona gobierna sin someterse a ningún tipo de limitación, ya que cada vez son menos los pesos y contrapesos capaces de detener el poder de Hernández, quien goza de impunidad. 
 
Dicha impunidad no puede comprenderse sin considerar el hecho de que Hernández controla al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, y al Congreso Nacional, que eligió a las altas magistraturas del poder judicial y reeligió al Fiscal General. 
 
¿Hay alguien que objetivamente crea que vivimos en democracia?
 

Un nuevo Código Penal infestado del virus de la desconfianza ciudadana


En 5 días entrará en vigencia el nuevo Código Penal. Ni siquiera la emergencia nacional provocada por la pandemia del Coronavirus hace que quienes controlan autoritariamente el Congreso Nacional desistan de su decisión de poner en vigor una norma fuertemente cuestionada.

Las razones de ese cuestionamiento son de forma y de fondo. Entre las de forma se encuentran que el proyecto de Código Penal y sus 4 versiones no fueron publicados en el portal del Congreso Nacional ni se conoció cuál fue la versión que finalmente se aprobó.

Pese a ser una norma tan importante para la democracia y los derechos humanos, se dispensaron los 3 debates en el Congreso y el cronograma de las sesiones en que se discutió no fue debidamente publicado, y, por tanto, la ciudadanía no supo el contenido de lo que se discutía.

Finalmente, el dictamen de la Corte Suprema de Justicia sobre la constitucionalidad del Código Penal fue remitido al Congreso Nacional 7 meses después de que iniciara la discusión del mismo, pese a que la Constitución señala que primero se debe conocer dicho dictamen antes de comenzar las discusiones.

Y entre las razones de fondo podemos señalar dos en concreto: primero, es un código que reduce las penas para los delitos de corrupción, narcotráfico y violación sexual; segundo, contiene delitos redactados de forma vaga y ambigua que limitan los derechos y libertades ciudadanas.

En otras palabras, el nuevo Código Penal parece que tiene dos caras: una que favorece a personas corruptas y narcotraficantes, y a violadores sexuales, y otra que limita abiertamente los derechos, sobre todo los vinculados con la libertad de expresión, de reunión, de asociación y de participación.

Así las cosas, nos sumamos a las exigencias de los diferentes sectores de la sociedad que como mínimo piden que se suspenda durante un año la entrada en vigencia de este código para que, durante ese tiempo, se desarrolle un verdadero proceso de interlocución y socialización.