Casi dos años han
pasado desde que la Fiscalía Especial de Derechos Humanos de San Pedro Sula presentó acusación criminal en los juzgados
sampedranos contra Héctor Iván Mejía y Daniel Omar Matamoros, ambos subcomisionados
de la Policía Nacional, por los delitos de violación de los deberes de los
funcionarios, detención ilegal y lesiones leves.
El primero fue acusado en su condición de Jefe Metropolitano de la
Policía en San Pedro Sula, y el segundo como Jefe de Operaciones, en el momento
que se efectuaron los actos represivos del 15 de septiembre de 2010.
Después de varias audiencias suspendidas, la juez Gloria Vanesa Quezada
resolvió dictar auto de prisión contra ambos policías por el delito de
violación a los deberes de los funcionarios, a quienes se les otorgó medidas
sustitutivas consistentes en no participar en reuniones, frecuentar lugares ni
acercarse o comunicarse con las víctimas o testigos que estuvieron durante el
juicio.
A pesar que la jueza los sobreseyó por los delitos de lesiones, daños y
detención ilegal, esta resolución judicial es importante porque al menos en uno
de los delitos se le imputa responsabilidad a dos altos mandos policiales que
en virtud de su jerarquía, tenían el deber de tomar las medidas necesarias para
evitar que sus subordinados cometieran atropellos contra la ciudadanía que se
manifestaba pacíficamente y a quienes estaban llamados a proteger.
Si la razón de ser de
la Policía Nacional es la protección de la vida, la integridad física, los
bienes y la seguridad de las personas, Héctor Iván Mejía y Daniel Matamoros,
como jefes policiales eran los primeros llamados a proteger a los manifestantes
pacíficos frente a toda clase de peligros que podían amenazarlas, lo cual implicaba
ejercer un eficiente y diligente control sobre los que estaban bajo su mando
para evitar las violaciones a derechos humanos que se cometieron.
La presunta responsabilidad de Mejía y Matamoros radica en que estaban en plenas posibilidades de
impedir los abusos cometidos, simplemente emitiendo una orden verbal, pero
omitieron hacerlo y con su conducta omisiva enviaron un mensaje a sus
subordinados en el sentido que podían continuar con la violenta represión contra
una manifestación pacífica garantizada por la Constitución y los tratados
internacionales.
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