miércoles, 27 de enero de 2016

Somos un medio de comunicación incómodo para el poder

Una vez más las autoridades gubernamentales restringieron el acceso de Radio Progreso a cubrir un evento fundamental para la democracia como lo es la elección de los 15 magistrados y magistradas de la Corte Suprema de Justicia. A esto se suman las reiteradas ocasiones en que se nos ha negado el acceso a Casa Presidencial para cubrir asuntos vitales para el país.

Esta vez el pobre argumento es que solo han permitido el ingreso a ciertos periodistas para garantizar la seguridad de las altas autoridades del Estado presentes en la inauguración de la tercera legislatura del Congreso Nacional. ¿Quién y sobre la base de qué criterios decidió qué medios de comunicación y periodistas podrían entrar?

Sin duda alguna, a Radio Progreso se le impidió entrar al Congreso Nacional porque somos un medio de comunicación incómodo para el poder y a pesar de no tener la influencia política y económica de otros medios, nos tienen miedo porque nuestra voz intenta cada día ser independiente, crítica y autónoma. Y estas características hacen temblar a cualquier remedo de dictadura.

Si las autoridades gubernamentales tuvieran un mínimo de vocación democrática sabrían que la libertad de expresión constituye una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática, pues es indispensable para formar opinión pública y una condición para que quienes deseen incidir sobre las decisiones nacionales o locales, puedan de­sarrollarse plenamente.

Esta decisión de restringirnos el acceso al hemiciclo legislativo no solamente vulnera gravemente nuestro derecho a hablar o escribir, y a utilizar cualquier medio apropiado para difundir nuestro pensamiento y hacerlo llegar al mayor número de personas, también violenta el derecho de la sociedad hondureña de recibir toda la información disponible que sirva para el intercambio de ideas y la deliberación abierta sobre los asuntos de interés general como la elección de la nueva Corte Suprema de Justicia.

Pedirle a quienes decidieron cerrarnos la puerta que comprendan la importancia de la libertad de expresión en una sociedad democrática, es como pedirle a una dictadura que entienda el valor del debate público para el fortalecimiento del Estado de derecho.

El autoritarismo y la intolerancia de esta clase política gobernante solo pueden sostenerse con la ausencia de un Poder Judicial independiente, competente e imparcial, y por eso harán “lo que tengan que hacer” para someter por 7 años más a la justicia y garantizar su impunidad.

Pese a los obstáculos y amenazas, Radio Progreso reafirma su compromiso de seguir siendo una voz crítica que señale permanentemente las arbitrariedades de quienes han hecho de nuestra Honduras un santuario de la miseria, la exclusión, la impunidad y la corrupción. 

lunes, 25 de enero de 2016

¿Por qué es importante la elección de la Corte Suprema de Justicia?

Uno de los derechos más importantes es la de contar con un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo que ampare a la ciudadanía contra actos que violen sus derechos humanos. Por ello, es considerado un derecho absoluto que no puede ser objeto de excepción alguna. 

Pero no es suficiente que la Constitución de la República y los tratados internacionales reconozcan ese derecho, sino que es necesario que sea realmente idóneo y efectivo. La efectividad de un recurso dependerá en gran medida de la existencia de un poder judicial competente, independiente e imparcial, lo cual constituye un elemento esencial para el fortalecimiento de la democracia y del Estado de derecho. 

Las características de competencia, independencia e imparcialidad son fundamentales para garantizar la idoneidad y efectividad de los recursos judiciales destinados a tutelar derechos humanos, pues su ausencia puede provocar su inutilidad y que resulten ilusorios, particularmente en escenarios políticos de emergencia. 

Esto quedó demostrado en el contexto del golpe de Estado en donde el Poder Judicial se puso al servicio del gobierno de facto, profundizó el estado general de impunidad, colaboró en la existencia de una grave inhibición de los mecanismos teóricamente adecuados para tutelar los derechos humanos, propició la abstención y desidia judicial para atender los recursos introducidos ante diversos tribunales y la propia Sala de lo Constitucional, y dejó a las víctimas en una situación de absoluta indefensión y vulnerabilidad. 

También quedó demostrado con la reciente decisión de tres magistrados de la Corte Suprema de Justicia de decretar un sobreseimiento definitivo a favor de la junta directiva del Instituto Hondureño de Seguridad Social por el caso del latrocinio a esa institución social que tiene un impacto significativo en la vida y la salud de millones de hondureños y hondureñas. 

En este sentido, la falta de independencia e imparcialidad del poder judicial es un factor que afecta negativamente la administración de justicia y el rol potencial de los jueces y juezas como defensores de derechos humanos, y convierten los recursos judiciales en mecanismos ficticios. Sin independencia judicial no se puede garantizar el principio de separación de poderes, la confianza ciudadana en la democracia y la legitimidad de las instituciones del sector justicia. 

Bajo estas circunstancias no es de extrañar que en Honduras, de acuerdo con los sondeos de opinión pública del ERIC-SJ, el 94% de la población es del criterio que la corrupción ha aumentado o sigue igual, y un 82.3% que la aplicación de justicia ha empeorado o sigue igual, es decir, 8 de cada 10 hondureños y hondureñas tienen poca o ninguna confianza en la Corte Suprema de Justicia y el Ministerio Público (77.1%). 

Según un estudio del Banco Mundial, el poder judicial hondureño es la institución que más se ha beneficiado materialmente de las reformas ya que el establecimiento de un presupuesto por mandato constitucional y los fondos obtenidos de la cooperación internacional le han permitido el aumento del número de jueces y la ampliación de la prestación de servicios a más regiones del país, mejoras en las instalaciones judiciales y salarios, adopción de tecnología de vanguardia y la introducción de importantes innovaciones. 

Sin embargo, los indicadores cuantitativos y cualitativos siguen siendo bajos, debido principalmente a la injerencia política, la corrupción y la falta de transparencia que sin duda limitan el acceso no sólo a los tribunales, sino a la justicia en general. 

Estamos ante las puertas de una elección histórica de una nueva Corte Suprema de Justicia que conocerá sobre los asuntos de 3 gobiernos, 2 años que le restan al actual, 4 del siguiente y 1 del subsiguiente; por ello, la sociedad en su conjunto debemos estar vigilantes porque la clase política hondureña a través de la Junta Nominadora y el Congreso Nacional ya ha demostrado que no le interesa seleccionar a las mejores candidaturas, sino continuar con la lógica del reparto político partidario y sin tomar en consideración los méritos e idoneidad de las personas nombradas. 

Esta clase política no quiere la existencia de un Poder Judicial independiente y profesional, lo que quiere es continuar con un "Servicio Judicial" que garantice la impunidad y evite, tal como lo dejó plasmado la Comisión de la Verdad y la Reconciliación, que llegue el día en que el Poder Judicial ampare a todos los ciudadanos y ciudadanas con la misma eficacia que lo hizo con el general golpista Romeo Vásquez Velásquez pues solo así "se alcanzará a ver el fin de la impunidad en Honduras”.

lunes, 18 de enero de 2016

Más allá de los nombres: De la CICIH a la MACCIH

Hay una realidad que no puede ser ocultada por mucho que lo intente el gobierno a través de su maquinaria propagandista: La institucionalidad responsable de la seguridad y la justicia está colapsada.

Pese a la reducción de la tasa de homicidios, la situación de inseguridad es alarmante, los niveles de impunidad siguen siendo altos, la falta de investigación efectiva es un grave obstáculo en el camino a la justicia, el proceso de depuración policial es un fracaso y el sistema judicial sigue mostrando su dependencia de los poderes fácticos del país.

Ante este colapso, todos los sondeos de opinión pública reflejan que la ciudadanía no confía en las instituciones, lo cual ha sido ratificado por el movimiento de la gente indignada que cada viernes y sábado exige en la calle la instalación de una Comisión Internacional contra la Impunidad y la Corrupción en Honduras (CICIH).

La respuesta del gobierno fue proponer la creación de un Sistema Integral Hondureño de Combate a la Impunidad y Corrupción (SIHCIC) que nació muerto porque estaba sostenido por las mimas instituciones que están deslegitimadas frente a la sociedad.

Por ello, decidió acudir a la Organización de Estados Americanos (OEA) para que esta construyera una propuesta que finalmente se concretó en la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH).

Aunque esta propuesta aún no ha sido socializada, se presume que tiene algunos elementos que han puesto nervioso al gobierno de Jun Orlando Hernández, razón por la cual ha suspendido en dos ocasiones la firma del convenio de instalación de la MACCIH entre el Estado hondureño y la OEA.  

Llámese CICIH o MACCIH, la sociedad hondureña debemos estar vigilantes para exigir que el mandato de este ente internacional esté claramente definido, actúe con total independencia y transparencia, sea autónomo financieramente y rinda cuentas de sus actuaciones.

Más allá de los nombres, no debemos perder de vista que lo fundamental es que un órgano internacional de esta clase tenga capacidad de investigación, facultad para recibir denuncias, certificar, acompañar y asesorar técnicamente a los entes nacionales del sector justicia y seguridad, y proponer reformas políticas que redunden en una lucha efectiva contra los corruptos y los impunes.

martes, 5 de enero de 2016

Dos herramientas fundamentales para la defensa de los territorios en el 2016

A finales del año pasado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos publicó dos sentencias importantes relacionadas con la defensa de los territorios de los pueblos indígenas y tribales. 

Se trata de las sentencias en los casos de las comunidades garífunas de Triunfo de la Cruz y Punta Piedra, y sus miembros, a quienes el Estado de Honduras a través de megaproyectos turísticos los ha estado despojando de sus territorios ancestrales.

En términos generales, estas resoluciones internacionales establecen que el Estado hondureño es responsable por la violación del derecho a la propiedad colectiva del pueblo Garífuna, ya que no cumplió con su obligación de delimitar y demarcar las tierras tituladas de sus comunidades.

El Estado tampoco tituló, delimitó y demarcó los territorios tradicionales ni garantizó el goce efectivo del título de propiedad colectiva de las comunidades garífunas en relación con un área adjudicada en garantía de ocupación y reconocida previamente por el propio Estado como tierra tradicional.

La Corte Interamericana también concluyó que el Estado es responsable de violar los derechos a la protección judicial y garantías judiciales debido a que los recursos interpuestos por las comunidades garífunas no fueron efectivos para la protección de sus derechos ancestrales frente a las ventas a terceros de sus tierras tradicionales y tampoco para investigar el asesinato de 4 miembros de la comunidad.

Finalmente, el tribunal interamericano consideró que el Estado hondureño es responsable de no haber efectuado un proceso adecuado para garantizar el derecho a la consulta previa, libre, de buena fe e informada de las comunidades y de no haber adoptado las normas o prácticas adecuadas para garantizar este derecho.

Los puntos resolutivos de estas dos sentencias son esenciales para fortalecer la defensa de los territorios en el 2016 pues constituyen herramientas jurídicas y políticas que debemos conocer y utilizar en nuestras luchas cotidianas hasta lograr que los poderes públicos respeten y hagan respetar el derecho de las comunidades a ser consultadas.

El derecho a la consulta previa implica que el Estado de Honduras debe garantizar la participación efectiva de los miembros de las comunidades en relación con todo plan de desarrollo, inversión, exploración o extracción que se lleve a cabo dentro de sus territorios.

También implica que dichas comunidades se beneficien razonablemente del plan que se lleve a cabo; y que no se emita ninguna concesión dentro de tales territorios a menos y hasta que entidades independientes y técnicamente capaces, bajo la supervisión estatal, realicen un estudio previo de impacto social y ambiental.

Indudablemente, las comunidades y sus organizaciones sociales tienen como nuevas e importantes herramientas de lucha estos precedentes legales y las directrices que tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como la Corte Interamericana han construido en relación con las obligaciones estatales sobre el debido proceso, la transparencia, el monitoreo de los programas gubernamentales, los estudios de impacto ambiental, la consulta y la participación de las comunidades en los proyectos de desarrollo, y la gestión de los bienes naturales que se realizan dentro de sus territorios.