jueves, 30 de agosto de 2012

Cárcel, justicia y seguridad


Tal y como lo señaló en su momento el Dr. Leo Valladares Lanza, ex Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, en Honduras las personas privadas de libertad se enfrentan a violaciones masivas y sistemáticas de los derechos humanos, lo cual se reafirma cuando presenciamos la ola de tragedia y terror que representan, entre otras, las muertes en los centros penales de El Porvenir, San Pedro Sula y Comayagua.

Las cárceles hondureñas, con su sobrepoblación, hacinamiento, tráfico de drogas y corrupción, lejos de ser un lugar en donde se rehabilita y no se delinque, es uno de los sitios en que proliferan los más graves delitos y por tanto, son verdaderas universidades del crimen y del terror.

Dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra Honduras han dejado claro que la grave situación carcelaria del país es en gran parte responsabilidad de la disfuncionalidad e ineficiencia del sistema de justicia penal, por lo que resulta vergonzoso que el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Jorge Rivera Avilés, considere que lo que se necesita es construir o ampliar las cárceles y no reducir la mora judicial que alcanza niveles alarmantes.

Es evidente que se puede esperar cualquier cosa de este personaje que rectora el deslegitimado poder judicial pues la historia lo recordará, junto con los otros 14 magistrados y magistradas, como los grandes defensores del golpe de Estado y encubridores de las más graves violaciones a derechos humanos.

A pesar de todo, la ciudadanía debemos tener claro que la mejor forma de combatir la delincuencia no es a través de más cárceles, sino mediante una labor preventiva que trate de solucionar los problemas sociales que causan la delincuencia.

Las sociedades más seguras son aquellas donde hay menos pobreza y una justa distribución de la riqueza, las que brindan educación, salud y empleo digno a su población, las que poseen efectivos mecanismos de control de los poderes del Estado y un sistema de justicia independiente e imparcial, y las que de ningún modo toleran la corrupción y la impunidad.

miércoles, 22 de agosto de 2012

El juego de los títeres y los polígrafos


Uno de los elementos esenciales de la democracia y el Estado de derecho es la existencia de un Poder Judicial que garantice la independencia e imparcialidad de los jueces y juezas.

Ambas características están relacionadas íntimamente ya que la independencia tiene como objetivo evitar que los jueces y juezas se vean sometidas a restricciones indebidas en el ejercicio de sus funciones, mientras que la imparcialidad busca que los juzgadores se aproximen a los hechos careciendo de manera subjetiva y objetiva de todo prejuicio, ofreciendo garantías que anulen toda duda de parcialidad.

Desde la óptica de las víctimas, la independencia e imparcialidad judicial son fundamentales para garantizar la idoneidad y efectividad de los recursos judiciales destinados a tutelar derechos humanos, pues su ausencia puede provocar su inutilidad  y que resulten ilusorios, particularmente en escenarios políticos de emergencia.

El contexto de violencia institucional generado por el golpe de Estado en donde el Poder Judicial se ha puesto al servicio de los victimarios, ha profundizado el estado general de impunidad, ha colaborado en la existencia de una grave inhibición de los mecanismos teóricamente adecuados para tutelar los derechos humanos, ha propiciado la abstención y desidia judicial para atender los recursos introducidos ante diversos tribunales y se ha dejado a las víctimas en una situación de absoluta indefensión y vulnerabilidad.

El juicio contra los subcomisionados de policía Héctor Iván Mejía y Daniel Matamoros por suponerlos responsables de los delitos de violación de los derechos de los funcionarios, detención ilegal y lesiones perpetradas en el marco de la violenta represión del 15 de septiembre de 2010 en San Pedro Sula, es una muestra más del circo trágico en el que se ha convertido el poder judicial hondureño, donde muchos jueces y juezas son simples títeres en manos de los poderes fácticos.

Pese a que el 3 de mayo de 2012 se realizó la audiencia de declaración de imputados y se fijó la audiencia inicial para el 1 de junio, ésta fue suspendida y pospuesta para el 17 de agosto. No obstante, de forma inexplicable y sin causa justificada nuevamente fue suspendida y reprogramada para el 11 de octubre, con lo cual el Juzgado de Letras de lo Penal de San Pedro Sula ha alargado ilegalmente por más de 5 meses un plazo que de acuerdo con la ley no debe exceder de 30 días.

No cabe duda, como lo señala la Convergencia por los Derechos Humanos, que el propósito de estas burdas maniobras por parte de la jueza es favorecer a los imputados para evitar dictarles el correspondiente auto de prisión que podría traer como consecuencia la suspensión de sus funciones dentro de la Policía Nacional.

Mientras el gobierno de Honduras juega a los polígrafos con los miembros de la Policía Nacional, el Departamento de Estado de EEUU investiga al máximo jefe policial por su supuesta vinculación con violaciones a derechos humanos y quienes protegen a los subcomisionados Mejía Velásquez y Matamoros, demuestran que el poder judicial ha sido privatizado para salvaguardar sus intereses.

miércoles, 15 de agosto de 2012

Sobre depuraciones policiales y otros cuentos


Hace exactamente 10 años, la entonces Comisionada María Luisa Borjas había logrado documentar la participación de un grupo de oficiales de la Policía en una red de sicariato y de exterminio de pandilleros y secuestradores en San Pedro Sula, sin embargo, su valentía y compromiso con la legalidad le valió su separación de la institución policial.

En todo el proceso de investigación, la Comisionada Borjas y la sociedad hondureña fuimos testigos de la manipulación de la pruebas por parte de los altos responsables de la Secretaría de Seguridad y del Ministerio Público para desvincular a los oficiales investigados con medio centenar de ejecuciones arbitrarias en San Pedro Sula.

Entre los involucrados en la manipulación de pruebas se encontraban la actual viceministra de Seguridad Coralia Rivera Coca, la entonces inspectora de Policía Mirna Suazo, el entonces jefe de almacén de armas Pedro Alemán y Juan Manuel Aguilar Godoy, jefe de manejo de crisis del Ministerio de Seguridad, considerado uno de los más cercanos asesores del ex ministro Óscar Álvarez.

Y lo que resulta más preocupante es que uno de los investigados por su supuesta participación en los escuadrones de la muerte es el actual director general de la Policía, Juan Carlos Bonilla, quien posteriormente fue absuelto por el poder judicial hondureño.

Con estos antecedentes, no resulta sorprendente que según un reciente informe del Departamento de Estado, el gobierno de Estados Unidos retirará fondos a las unidades de la policía hondureña bajo supervisión directa del “Tigre” Bonilla, hasta que pueda investigar las acusaciones de su participación en tales ilícitos.

De acuerdo con este informe, el Departamento de Estado "es consciente de las acusaciones de violaciones de los derechos humanos relacionadas con el servicio pasado del director general de la policía" por lo que "ha creado un grupo para investigarlas".

En buena medida, la decisión tomada por el gobierno estadounidense es el resultado de la presión de académicos, activistas, miembros del Congreso de Estados Unidos y de los diversos informes que denuncian la participación de las fuerzas de seguridad hondureñas en graves violaciones a derechos humanos.

Frente a esta decisión, el gobierno de Honduras a través del Ministro de Seguridad Pompeyo Bonilla ha reiterado su apoyo al director de la Policía y en vez de asumir con seriedad esta acción, ha llamado tontos útiles de los criminales a quienes denunciamos la violencia desproporcionada con que actúan la policía y el ejército.

En un verdadero Estado democrático de derecho, el informe del Departamento de Estado provocaría un terremoto político que implicaría una investigación independiente e imparcial de todos los involucrados, pero en este remedo de democracia que tenemos en Honduras, lo único que vemos es la forma en que se protegen las espaldas quienes se sienten dueños de nuestra vida, de nuestro futuro y de nuestra seguridad.

Observaciones y recomendaciones preliminares al final de la visita oficial a Honduras del Relator Especial de las Naciones Unidas para la promoción y la protección del derecho a la libertad de expresión y de opinión

Tegucigalpa, 14 de agosto de 2012

Esta visita oficial se realizó del 7 al 14 de agosto de 2012. El propósito de la visita fue observar e investigar la situación del ejercicio del derecho a la libertad de expresión en la Republica de Honduras, en el contexto de la actual situación de Derechos Humanos. Entendiendo Libertad de Expresión como lo establece el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en adelante PIDCP) como el derecho de buscar y recibir información de todo tipo y de difundir y diseminar información e ideas y opiniones a través de cualquier medio. Esto incluye a quienes se dedican a la labor de informar, pero también a las expresiones de toda persona, grupo social o pueblo de Honduras en igualdad de condiciones y sin discriminación alguna.

La visita se realizó en atención a la invitación del Gobierno de la Republica de Honduras y comprende entrevistas con poderes del Estado, con funcionarios públicos de organismos e instituciones del Estado, así como contacto y entrevistas con diversos sectores de la sociedad civil incluyendo periodistas y defensores de Derechos Humanos. El informe final se presentará ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en junio del 2013, pudiendo recibir información posterior a esta misión de parte del Estado y de la sociedad civil, y dando seguimiento a algunas de las recomendaciones preliminares.

Violencia contra la prensa
Uno de los primeros problemas enfocados por esta Relatoría es el de la violencia contra periodistas, siendo Honduras el país con el más alto índice de asesinatos de periodistas en proporción con la población en la región. En este tema deseo reiterar que las y los periodistas se definen por la función de informar a la sociedad y esta profesión no puede tener requisitos ni limitaciones tales como titulación, colegiación obligatoria, o registro frente al Estado. Siendo que considero positivo y recomiendo el estudio y la profesionalización de las y los periodistas, y que también veo importante crear asociaciones profesionales que definan un nivel alto de profesionalismo y códigos voluntarios de ética profesional, así como la posibilidad de registrarse ante autoridades de Gobierno y obtener credencial de periodistas para cubrir eventos oficiales, ninguno de estos elementos puede ser establecido como condición para practicar el periodismo.

Una sociedad verdaderamente democrática y plural necesita de una prensa que opere con libertad para informar a la población bajo el principio fundamental de Diversidad y Pluralismo. Este consiste en contar con diversidad de medios y con pluralismo de enfoques y de pensamientos. Esto le dará a los diferentes sectores sociales y a la sociedad en general la información necesaria para construir sus opiniones propias y para participar activamente en todos los niveles, fortaleciendo la democracia. Una limitación a la prensa es por consiguiente una limitación a la participación ciudadana y un atentado contra la democracia. Por eso considero la violencia contra periodistas debe ser vista no solo como un ataque a los derechos de una persona, sino como el ataque a un derecho de toda la sociedad, el derecho de estar informado y buscar acceso a la información. Es por ello que reitero la obligación del Estado de proteger en forma especial a quienes trabajan por la defensa y promoción de los derechos de otros, tales como defensores de Derechos Humanos y de periodistas, porque asumen un riesgo especial. Dado que esta función también les pone un riesgo especial, el Estado debe igualmente brindar una protección especial.

Impunidad
El factor más relevante en la violencia contra periodistas, expresada en forma de amenazas, acoso y ataques, es que si la protección del Estado falla en impedir que estos se produzcan, de igual manera el Estado debe investigar el hecho y detener y sancionar a los autores materiales e intelectuales. La ausencia de justicia constituye impunidad, y la impunidad es una de las causas principales que generan más violencia.

En esta visita, debo mencionar con preocupación que tanto las autoridades entrevistadas, como incluso algunos periodistas, se permitieron especular sobre las causas de la violencia contra la prensa en casos individuales. Igual me parece una práctica peligrosa, pues lo importante es enfatizar la obligación de investigar y procesar sin especulaciones previas que van en detrimento de la objetividad y efectividad de dicha investigación. Todo caso de violencia contra periodistas, así como contra defensores de derechos humanos, debe presumirse inicialmente que fue producto de su profesión hasta que la investigación pueda demonstrar lo contrario. En este sentido, todo caso de violencia contra periodistas, comunicadores sociales y defensores de Derechos Humanos debe ser trasladado inmediatamente a la Fiscalía Especial de Derechos Humanos del Ministerio Publico para su investigación efectiva y oportuna.

Para erradicar la impunidad en este sector recomiendo que se incremente sustancialmente el personal y el presupuesto a la Fiscalía Especial de Derechos Humanos y se hagan los esfuerzos para la capacitación técnica del personal en la investigación eficiente de estas graves violaciones de derechos humanos, con el concurso de la cooperación y asistencia técnica de organismos internacionales. Según me informó el Ministerio Publico y otras dependencias, el índice de procesamiento de casos de violencia es de cuatro porcientos o menos, y de los 23 casos de asesinatos de periodistas desde el 2006 seis han sido judicializados y solo dos han llegado a sentencia. Esta realidad es inaceptable si se pretende terminar con la impunidad.

De igual manera considero que el establecimiento de programas de supuesto desarrollo que representen salirse del régimen territorial del país, tales como las “Ciudades Modelos”, que desplazarían poblaciones y pretende generar un régimen legal distinto y autónomo del del Estado, son una violación a la soberanía nacional y la garantía de respeto y promoción de los Derechos Humanos que tiene el Estado con la población en su territorio.

Recomiendo que el Gobierno de Honduras gire una invitación a la Relatora Especial de Independencia de Magistrados y Abogados para realizar una misión de país que puede coadyuvar positivamente en procesos para combatir la impunidad.

Medidas de protección
Tal y como lo mencione anteriormente, el Estado debe buscar mecanismos para generar una protección especial a la prensa. Las medidas de protección se pueden dividir en medidas físicas, medidas legales, y medidas políticas.

a) Medidas físicas:
Recomiendo al Estado de Honduras que establezca un mecanismo de protección similar al que opera en Colombia que consiste en una Comisión de alto nivel de representantes del Estado, incluyendo la Secretaría del Interior y de la Defensa, con representantes de los diferentes sectores de prensa y con representantes de organizaciones de sociedad civil que trabajan en Derechos Humanos o libertad de expresión, con acceso directo a las más altas autoridades de Gobierno, empezando por la Presidencia de la Republica, y con un presupuesto propio que le permita hacer efectivas las medidas de protección.

Recomiendo que este mecanismo cuente con dos sub-comisiones: 1) una de análisis de riesgos; 2) una comisión de definición de las medidas de protección a hacer tomar.

Propongo que este mecanismo esté ubicado y coordinado por la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos que tendrá a su cargo también utilizar este mecanismo para defensores de Derechos Humanos y para cumplir con las medidas cautelares ordenadas por la CIDH o las medidas provisionales ordenadas por la Corte IDH.

Estas medidas pueden comprender desde la protección periférica, medios de comunicación ágil como radios o teléfonos celulares, instalación de cámaras de videos, utilización de vehículos blindados para evacuación, hasta el traslado de la persona amenazada y su familia a otra región del país o fuera de él.

Dado que la población en general manifiesta no confiar en la policía nacional, y que efectivamente el entrenamiento habitual que recibe un o una policía no los capacita para brindar protección adecuada, recomiendo que se establezca una Dirección de Protección de Personas dentro de la Policía Nacional que cuente con el entrenamiento específico para cumplir esa tarea.

De igual manera deseo recomendar que no se utilice a las Fuerzas Armadas (Marina, Aviación o Ejército) para funciones de protección o funciones policiales, pues es importante definir y separar con claridad las funciones militares de las funciones policiales que deben ser enteramente civiles. De hecho recomiendo que Honduras no proceda a la creación de un cuerpo policial semi-militar, pues no consiste realmente en la creación de un organismo técnico distinto sino la militarización de las funciones policiales. Los problemas de infiltración de cuerpos ilegales y de corrupción que hoy pueden tener los cuerpos de seguridad existentes si no se resuelven se reproducirán en la misma forma en el nuevo cuerpo.

b) Medidas legales:
Las medidas legales de protección pretenden eliminar obstáculos legales para el libre ejercicio del periodismo y la libertad de expresión, así como la sanción de quienes violan ese derecho. “Los Estados tienen obligación de tomar medidas para prevenir crímenes contra la libertad de expresión en países donde haya riesgo de que estas ocurran.”

Con este propósito recomiendo que se incremente la pena a quienes cometan crímenes contra la prensa y la libertad de expresión, especialmente si son agentes del Estado.

Recomiendo despenalizar la Difamación, Calumnia e Injuria, y convertirlo en una acción de carácter civil, pues ello es más eficiente para proteger el honor y la reputación de personas sin que constituya una intimidación del uso de la fuerza pública o de la cárcel que afecta la libertad de expresión, especialmente cuando son utilizados por funcionarios públicos para silenciar la crítica. Reconozco como positivo los pronunciamientos que en este sentido ya ha realizado el Presidente de la Republica Señor Porfirio Lobo Sosa. Tampoco es válido intimidar a la prensa con una avalancha de demandas judiciales infundadas que constituyen un verdadero acoso judicial.

He escuchado críticas severas hacia la prensa no solo por funcionarios públicos sino también por periodistas y asociaciones de prensa, y al respecto debo aclarar que proteger la libertad de prensa y de expresión no implica estar de acuerdo con el contenido, sino que está referido al ejercicio libre de la profesión. Adicionalmente, considero importante reiterar que en ningún caso pueden ser autoridades del Estado de ningún tipo quienes definan la cualidad profesional del periodismo o quienes pretendan limitar su ejercicio más allá de lo que este previamente prohibido por ley. En este caso, es el público en general a quien le corresponde analizar la profesionalidad y ética de la prensa y medios de comunicación social y hacerles conocerles sus observaciones. De igual manera en forma voluntaria cada medio de comunicación o asociación de periodistas debe asumir activamente un código de ética profesional que le sirva de referente para cualificarse a sí mismos, y de igual forma lo puede hacer cada periodista en lo individual.

Cabe recordar que la libertad de expresión puede haber limitaciones legitimas derivadas de los principios establecidos en los artículos 19 y 20 del PIDCP y algunas limitaciones se encuentran en instrumentos internacionales de Derechos Humanos. Por ejemplo, el artículo cuarto de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial prohíbe el uso de lenguaje que pretenda marcar la superioridad de un grupo racial o étnico sobre otros; la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio prohíbe la incitación al odio y al genocidio por razones de raza, nacionalidad y religión; el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo al tráfico y venta de niños, explícitamente prohíbe y recomienda la penalización de la elaboración, distribución, diseminación o comercialización de la pornografía infantil; en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) existe una serie de recomendaciones sobre la eliminación del lenguaje que conduzca a la discriminación de género o la violencia contra la mujer. De igual forma hay prohibiciones sobre lenguaje que incite a promover el crimen organizado y la violencia o el terrorismo. Debe erradicarse todo discurso del odio que incite o justifique violencia contra sectores específicos de la población, incluyendo la población gay y lésbica.

Recomiendo también al Estado que elabore un reglamento para la asignación de publicidad oficial en forma equitativa y transparente entre los medios a efecto de que esto no se preste para que alguna dependencia o funcionario favorezca y privilegie a quienes le son afines o castigue a los medios críticos. Esto generaría un proceso de auto-censura y podría abrir la puerta a la corrupción.

c) Medidas políticas:
Las medidas políticas consisten fundamentalmente en que los funcionarios del Estado, especialmente los de más alto nivel, asuman una actitud de respeto y un discurso de reconocimiento al papel que juega la prensa libre y la libertad de expresión en general en una sociedad democrática, sin que esto implique que no puedan dar su versión de los hechos o su respuestas a las afirmaciones de otros.

De igual manera, las y los funcionarios públicos deben tener un mayor nivel de tolerancia a la crítica pública.

Es importante manejar con cautela y buen juicio el uso de las cadenas nacionales de información las cuales deben ser utilizadas en los momentos de emergencia nacional o momentos críticos para el país o una región, pero no deben ser utilizadas en forma sistemática y abusiva por ningún funcionario para hacerse imagen o campaña política.

Pueblos, etnias y libertad de expresión
La libertad de expresión se puede ejercer en forma individual, en forma colectiva, o como pueblo, pues los pueblos tienen el derecho a poseer una cultura, un idioma, una historia, tradiciones y valores, y el derecho de manifestarlos públicamente, así como de reproducirlos para las nuevas generaciones. En este sentido debe defenderse el derecho del pueblo Afro-descendiente, del pueblo Misquito, del pueblo Maya-Hondureño, y de cualquier otro grupo étnico a que exprese públicamente esa cultura y sus valores sin limitaciones y especialmente sin discriminaciones.

La Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas establece además que los pueblos indígenas tienen derecho a contar con medios propios de comunicación social. Por lo que recomiendo que el Estado garantice esa libertad de expresión, la promoción de una educación bilingüe en cada una de estas zonas, y la concesión del usufructo de frecuencias de telecomunicación para ser utilizadas por organizaciones y comunidades de dichas regiones.

Con este propósito también propongo la creación de un instituto nacional de las lenguas de los diferentes grupos étnicos y pueblos que integran la nación hondureña para el estudio, preservación y protección de todos los idiomas del país. Esto implica modificar la ley de telecomunicaciones pues esta no reconoce la categoría de comunicación comunitaria y solo enfoca la visión comercial en la comunicación.

Telecomunicaciones
Dado que las frecuencias electromagnéticas de telecomunicaciones son propiedad del Estado, y el Estado debe siempre buscar el bien común con el interés de todos, recomiendo que se desarrolle un reglamento para la concesión equitativa del usufructo y manejo de las frecuencias de telecomunicaciones con el propósito de que todos los sectores de la población tengan acceso a dichas frecuencias y de evitar la concentración de medios y los monopolios que violan el principio de diversidad y pluralidad que debe prevalecer en la libertad de expresión y en los medios de comunicación social.
Recomiendo al Gobierno de Honduras promover ante el Congreso de la Republica una ley que redefina el interés social del uso de las frecuencias de telecomunicaciones y su forma de distribución. La subasta es un mecanismo esencialmente discriminatorio que solo privilegia a los sectores con poder económico y por consiguiente solo puede aplicarse a la concesión de frecuencias comerciales pero no a otro tipo de frecuencias, como comunitarias o públicas no lucrativas, tal el caso de las comunidades de diferentes pueblos y grupos étnicos del país.

Propongo al Gobierno de Honduras ver los modelos de las leyes de Argentina y Uruguay recientemente aprobadas que dividen el espectro en frecuencias comerciales, comunitarias y públicas para servicios básicos de la población. Para ello es importante reconocer la categoría de medios comunitarios de comunicación y la forma en que debe darse la concesión del usufructo sin que para ello puedan considerarse criterios económicos. Las frecuencias comunitarias o las públicas deben tener los mismos derechos y obligaciones que las comerciales, por lo que no se debe presumir que necesariamente sean de baja potencia y de poco alcance.

Según testimonios recibidos hay un sinnúmero de frecuencias concedidas en usufructo que no están siendo utilizadas, pero que los usufructuarios mantienen como reserva personal, por lo que recomiendo al Estado de Honduras establecer como condición para recibir la concesión de una frecuencia en tener que utilizarla efectivamente, de inmediato y en forma permanente. Adicionalmente, recomiendo al Estado que a través de CONATEL haga un inventario y mapeo de frecuencias en todo el país estableciendo cuales no están en uso para retirar la concesión del usufructo.
La digitalización de los servicios análogos de comunicación amplía el número de frecuencias que se puede utilizar en cada banda por lo que también recomiendo al Estado aprovechar esa ocasión para generar una reserva estratégica de frecuencias.

El internet se ha convertido en el medio más ágil de comunicación como tanto para investigar y recibir información como para difundir información e ideas. El internet no solo es una tecnología fundamental para la libertad de expresión, incluyendo el acceso a la información, en especial la información publica, sino también para el derecho a la educación, el derecho a la libre asociación y reunión, como el derecho a la diversidad cultural y el derecho al desarrollo. Es por ello que en mi informe ante la Asamblea General del 2011 plantee la necesidad de que todos los estados se comprometen en garantizar el acceso al internet de todos los sectores de la población en particular los sectores más pobres, rurales y distantes. El acceso debe ser un medio muy libre que constituye un espacio público de dialogo e interacción de toda la población y con el mundo entero. Recomiendo al Estado de Honduras garantizar en internet el acceso: 1) a contenido plural y diverso y sin censura; y 2) a la conectividad e infraestructura incluyendo equipos apropiados para utilizar el internet. Esto se puede llevar a cabo con centros comunitarios que tengan accesibilidad al internet y algunas computadoras, así como el establecimiento de wi-fi en lugares públicos. También implica que el Estado garantice el acceso al equipo de cualidad y a un costo razonable aunque esto implique subsidiar algunos servicios o equipos, tales como el programa del PNUD “Una Computadora por Niño”.

Acceso a la información pública y transparencia
Debo reiterar que el acceso a la información es un derecho integral de la libertad de expresión y que debe garantizarse en todo Estado, en particular el acceso a la información de carácter estatal o pública. El principio que regule este derecho es que las funcionarias, funcionarios electos, e incluso los nombrados, representan a la población y ejercen la soberanía en su nombre, pero de igual forma debe rendirle cuentas a esa población. Ese principio no solo se aplica a los recursos materiales y finánciales sino a todo el proceso de toma de decisiones y establecimiento de políticas. Pues si la obligación de las/los funcionarios es la búsqueda del bien común, no hay razón para que la información de lo que hacen y deciden no sea pública con muy pequeñas excepciones en el tema de seguridad nacional, en la fase de investigación de un proceso penal que debe tener un periodo limitado, o en cuanto a relaciones diplomáticas.

De igual manera los funcionarios públicos por la naturaleza de su cargo en gran medida renuncian al derecho a la privacidad, pues entre más alto el cargo más deben estar sometidos al escrutinio público y a la crítica pública. Un pueblo tiene derecho a pedir y recibir información de cualquier dependencia o funcionario públicos.

Honduras cuenta con una ley de acceso a la información y con un Instituto de Acceso a la Información lo cual es un desarrollo positivo. Sin embargo he recibido múltiples quejas de sectores de la sociedad civil que argumentan que el proceso de selección de los tres magistrados que forman el Instituto de Acceso no se realizó en forma abierta y en consulta con los diferentes sectores de la sociedad civil, sino en forma impositiva, y que esto va en detrimento de la independencia y credibilidad de dicho instituto.

En particular recomiendo al Estado de Honduras que entre los requisitos para optar al cargo de magistrado en el Instituto de Acceso a la Información se elimine el requisito relativo a exigir diez años de experiencia en la función pública. Este requisito no es relevante para el desempeño de dicho cargo, y más bien pareciera generar un conflicto de visión y de interés. También recibí testimonios sobre la no efectividad y positividad en la aplicación de la ley de acceso a la información, especialmente en zonas rurales y en formas discriminatorias, por lo que expreso mi deseo de regresar al país a una verificación de la práctica que desarrolle el Instituto de Acceso a la Información con los nuevos magistrados.

Manifestaciones pacificas
Debemos recordar que la libertad de expresión se puede dar a través de cualquier medio y esto incluye el derecho a movilización y manifestación pacífica por medio de cual organizaciones o sectores sociales pueden hacer ver su descontento con políticas públicas, concesiones de explotación de recursos naturales, o actitudes de funcionarios.

El derecho a manifestar pacíficamente debe ser garantizado constitucionalmente sin exigencia de permiso o autorización previa, ni más limitaciones que la exigencia de ser pacíficas y la protección de los derechos de los demás.

En todo caso, en momento de crisis, las autoridades del Estado deben agotar las vías del dialogo, y si esta una crisis violenta usar la fuerza pública con criterio de proporcionalidad usando el mínimo de fuerza necesaria para re-establecer el orden y sin utilizar “la detención arbitraria” por el solo hecho de ser manifestante. Tampoco es aceptable que a gente del Estado decomisen, dañen o destruyen equipo fotográfico o de documentación audio-visual tanto de la prensa como de las organizaciones sociales mismas, ni de comisar el material en ellos contenido. Pues este material, es también protegido por la libertad de expresión como material histórico, de documentación y de prensa para la información, y además puede ser útil para una investigación penal de los hechos si la hubiere.

Papel de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos
Felicito al Gobierno y Estado de la Republica de Honduras por la creación de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, una institución necesaria e importante en el país en este momento de crisis en cual se encuentra la sociedad Hondureña como consecuencia del Golpe de Estado del 2009. Es una señal de madurez en el desarrollo político, pues la democracia se mide por el respecto a los Derechos Humanos. También he observado con satisfacción la dinámica ágil y entusiasta que despliega la Secretaria de dicha cartera.

Cabe señalar que el éxito de esta iniciativa solo se podrá dar si el trabajo y las políticas impulsadas por dicha Secretaría son de consenso general y cuentan con el pleno apoyo del Presidente de la Republica y de todo el Gabinete de Gobierno, incluyendo las Secretarías de Seguridad, así como de los demás organismo de Estado. Es importante que esta Secretaría asuma la coordinación de las políticas públicas en materia de Derechos Humanos, incluyendo el programa de protección de defensores de Derechos Humanos y periodistas y otros grupos vulnerables, así como la elaboración y promoción de la política de prevención de la violencia juvenil y la política de protección de la niñez, lo cual implica establecer coordinación con la policía nacional, promover la capacitación de sus miembros en Derechos Humanos y promover de una Dirección Especializada en Protección de Personas.

Esta Secretaría en unión de la Procuraduría de Derechos Humanos debe asumir la representación del Estado en los casos internacionales de Derechos Humanos en los cuales deberá aplicar los principios de reconocimiento de la Verdad, el acceso a la Justicia, y la Reparación del daño causado a las víctimas. Esta Secretaría deberá coordinar su trabajo directamente con la Fiscalía Especial de Derechos Humanos, con la Directiva y la Comisión de Derechos Humanos del Congreso de la Republica, con la Comisión Nacional de Derechos Humanos que sugiero sea establecida, y con la sociedad civil.

Propongo al Estado de Honduras que para la recepción de denuncias de violaciones de Derechos Humanos cometidas contra la población por parte de un ente estatal independiente se transforme la figura del Comisionado Nacional de Derechos Humanos en una Comisión Nacional de Derechos Humanos bajo los principios de Paris para órganos nacionales de Derechos Humanos.

A la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos le corresponde también promover los espacios de diálogo y negociación con diversos sectores de sociedad civil según la temática que se desea resolver, incluyendo la consulta establecida en el Convenio 169 de la OIT y promover en general el desarrollo de una Cultura de Paz en el país.
 
Recomiendo que para impulsar los cambios legales y la política pública en Derechos Humanos se considere suscribir un acuerdo con el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos para la instalación de una oficina de país.

domingo, 12 de agosto de 2012

Gobierno de EEUU retiene fondos a la Policía e investiga participación de su director en escuadrón de la muerte

Por ALBERTO ARCE y MARTHA MENDOZA
The Associated Press


TEGUCIGALPA -- El gobierno de Estados Unidos retirará fondos a las unidades de la policía hondureña bajo supervisión directa de Juan Carlos Bonilla, su director general, hasta que pueda investigar las acusaciones de que él dirigió un escuadrón de la muerte hace una década, según un informe del Departamento de Estado fechado esta semana.

El documento indicó que el Departamento de Estado "es consciente de las acusaciones de violaciones de los derechos humanos relacionadas con el servicio pasado del director general de la policía" y que "ha creado un grupo para investigarlas".

Estados Unidos había prometido 56 millones de dólares para programas bilaterales de seguridad y asistencia al desarrollo en 2012 en Honduras, un país por el que pasa el 90% de la cocaína que llega a territorio estadounidense. De acuerdo con las nuevas reglas propuestas por el Departamento de Estado, la ayuda se limitará a partir de ahora a ciertas unidades de las fuerzas de seguridad que "han recibido entrenamiento, guía y asesoramiento directamente de agentes de Estados Unidos y no están bajo supervisión directa de Bonilla", señala el documento.

La Ley de operaciones en el exterior de Estados Unidos exige que el 20% de la ayuda a Honduras sea retenida hasta que la secretaria de Estado certifique que Honduras está dando pasos para mejorar la situación de los derechos humanos e investiga las acusaciones de abusos. En un giro inusual, el informe señala que el gobierno hondureño cumple los requisitos pero al mismo tiempo indica que el gobierno de Estados Unidos retendrá la ayuda destinada a los agentes que trabajan para Bonilla.

Los responsables del Departamento de Estado consultados el viernes y el sábado no pudieron confirmar a cuánto ascienden los fondos retenidos. Estados Unidos suspendió la entrega de 31 millones de dólares a Honduras en 2009 después de un golpe de Estado que derrocó al presidente Manuel Zelaya Rosales. La secretaria de Estado Hillary Clinton retomó la ayuda en 2010 después de que Porfirio Lobo fuera elegido presidente.

El ministro de Comunicaciones del gobierno de Porfirio Lobo, Miguel Angel Bonilla, que no tiene vínculos familiares con el general cuestionado, dijo el sábado a The Associated Press que el presidente ha reiterado que el general Bonilla tiene "todo su apoyo" porque "gracias a su trabajo ha habido una mejora real en la situación de seguridad del país" y añadió que "si hay acusaciones legales contra él la justicia tiene que seguir su curso de acuerdo a la leyes, que funcionan".

También insistió en que "este gobierno tiene un compromiso irrestricto con los derechos humanos, creando incluso por primera vez en Honduras una Secretaría de los Derechos Humanos".

La AP de antemano había informado, poco después de que Bonilla, apodado "El Tigre", fuera nombrado director general de la policía en junio, que él ha sido acusado en repetidas ocasiones de asesinatos y violaciones de los derechos humanos en un informe del departamento de asuntos internos de la propia policía hondureña.

El informe involucraba a Bonilla en al menos tres asesinatos y desapariciones forzadas entre 1998 y 2002 y señalaba que era sospechoso junto a otros oficiales en 11 casos más.

Sólo una de las acusaciones contra Bonilla, de 46 años, terminó en acusación formal y el general fue absuelto en 2004 tras permanecer varios meses prófugo de la ley evadiendo una orden de busca y captura que pesaba contra él. El veredicto de inocencia fue refrendado por la Corte Suprema de Justicia de Honduras en 2009 y la responsable de Asuntos Internos de la policía que lideró la investigación fue destituida debido al caso.

Las violaciones a los derechos humanos han persistido, según diversas fuentes. En junio de 2012, un informe del Departamento de Estado reconoció que agentes hondureños han asesinado y torturado a ciudadanos, aunque no mencionó directamente a Bonilla.

"Entre las acusaciones más serias de violaciones a los derechos humanos se encuentra la corrupción en el interior de la policía" añadía el informe.

La decisión tomada esta semana ha llegado tras una serie de cartas de académicos y activistas hondureños y de Estados Unidos así como de varias cartas de miembros del Congreso que le pedían a Clinton que reconsiderase la ayuda a Honduras en materia de seguridad debido a las violaciones de los derechos humanos.

A lo largo de los últimos años se han repetido los informes que denuncian secuestros y asesinatos realizados por las fuerzas de seguridad, más de 65 muertos en un conflicto agrario o decenas de asesinatos de periodistas y de miembros de la comunidad gay, lésbica y transexual.

"Combatir el tráfico de drogas no es una justificación legítima para que los Estados Unidos financien y entrenen fuerzas de seguridad que derrocan gobiernos democráticos y reprimen violentamente a la población", decía la carta del 27 de junio firmada por cientos de académicos.

miércoles, 8 de agosto de 2012

Una visita importante y una acción estatal delatora


Entre el 8 y 12 de agosto de este año, el Relator Especial para la Libertad de Expresión y Opinión de la Organización de las Naciones Unidas, Frank La Rue, hará una visita oficial al país durante la cual sostendrá reuniones con autoridades del Estado, con organizaciones de la sociedad civil y con radios comunitarias y alternativas como Radio Progreso.

Indudablemente, la visita de tan alto representante de la ONU refleja una vez más la preocupación de la comunidad internacional con respecto a la situación de la libertad de expresión en el país, la cual, lejos de mejorar desde el reintegro de Honduras a la OEA y al concierto de naciones, se ha deteriorado a niveles alarmantes debido a los asesinatos, intimidaciones, amenazas, atentados y agresiones contra periodistas, comunicadores sociales y cualquier persona que tenga una posición crítica frente al estado actual de cosas. 

Pese a que la libertad de expresión es la piedra angular de cualquier sociedad democrática, en Honduras la impunidad que rodea las violaciones a este derecho fundamental es muestra de que las dinámicas del golpe de Estado siguen vigentes, particularmente por la deslegitimación de un sistema de justicia que de manera descarada extiende el delito y los crímenes al taparlos con un manto de inmunidad del que gozan los victimarios.

Evidentemente la retórica de respeto de los derechos humanos por parte de los personeros del Estado frente al Relator Especial no será suficiente para ocultar esta situación, pues además éste tendrá la oportunidad de escuchar desde la voz de las víctimas y de sus representantes el contexto de miedo, dolor, impotencia e injusticia a las que están sometidos sin que el Estado hondureño adopte medidas contundentes  para revertirlo.

Más bien, el Estado a través de su cuestionada policía nacional, realizó una acción poco inteligente en términos políticos a pocos días de la visita del Relator Especial: Mientras Radio Progreso transmitía un análisis de realidad sobre la situación en el Aguán, actividad que realiza desde hace años en conjunto con el ERIC, patrullas policiales llegaron a la radio y de forma prepotente los policías intimidan a sus periodistas y comunicadores, y a todo aquel que entra y sale de sus instalaciones, bajo la excusa de que buscan a los campesinos que participaban en dicho análisis.

La noticia de esta acción intimidatoria en pocos minutos dio la vuelta al país y al mundo, y sin duda, será un hecho más que le ratificará al Relator Especial Frank La Rue, que la libertad de expresión en Honduras es un derecho que quedó completamente sepultado con el golpe de Estado y que para recuperarlo se requiere de medidas urgentes y contundentes si en verdad se quiere una verdadera construcción democrática en el país.

miércoles, 1 de agosto de 2012

Una sentencia ejemplar


El pasado 27 de junio de 2012 la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró, por unanimidad, que el Estado del Ecuador es responsable por la violación de los derechos a la consulta, a la propiedad comunal indígena y a la identidad cultural del Pueblo Indígena Sarayaku, por haber permitido que una empresa petrolera privada realizara actividades de exploración petrolera en su territorio, desde finales de la década de los años 1990, sin haberle consultado previamente.

El Estado ecuatoriano también fue declarado responsable por haber puesto gravemente en riesgo los derechos a la vida e integridad personal de los miembros de este pueblo indígena ya que permitió acciones desde las fases de exploración petrolera, inclusive con la introducción de explosivos de alto poder en varios puntos de su territorio.

Esta sentencia ejemplar debe ser objeto de estudio obligatorio por quienes luchan contra la entrega abusiva por parte del gobierno actual de grandes extensiones del territorio nacional para que empresas nacionales o extranjeras realicen diferentes proyectos relativos a la extracción minera, la explotación del bosque, la construcción de hidroeléctricas, la creación de grandes zonas de turismo en el caribe hondureño o la construcción de ciudades modelo.

Como sabemos, estas concesiones se han realizado sin cumplir con los parámetros establecidos por el tribunal interamericano en el sentido que
cuando un Estado permita concesiones para la explotación de recursos naturales debe garantizar la participación efectiva de los miembros de los pueblos en relación con todo plan de desarrollo, inversión, exploración o extracción que se lleve a cabo dentro de sus territorios; que dichos pueblos se beneficien razonablemente del plan que se lleve a cabo; y que no se emita ninguna concesión dentro de tales territorios a menos y hasta que entidades independientes y técnicamente capaces, bajo la supervisión estatal, realicen un estudio previo de impacto social y ambiental.

Nadie niega que el Estado tiene la libertad de otorgar concesiones para explotar sus recursos y abrirse a las inversiones internacionales, pero siempre y cuando lo haga respetando los derechos humanos de las comunidades en cuyos territorios se han de realizar tales concesiones; esta sentencia en relación con la consulta previa, representa una herramienta jurídica más en la larga lucha por la defensa de nuestros territorios y nuestros recursos naturales.