jueves, 15 de marzo de 2018

Carta abierta al señor Fiscal General del Estado, abogado Óscar Chinchilla

El Progreso, Yoro 
15 de marzo de 2018 

Abogado Óscar Chinchilla 
Fiscal General del Estado 
Ministerio Público 

Señor Fiscal General: 

Me dirijo a usted como ciudadano preocupado por la grave crisis de derechos humanos en el país y por la falta de respuesta efectiva del Ministerio Público ante ella. Mi intención no es hacer una lista de las deudas históricas que, en mi opinión, la institución que usted rectora tiene con la sociedad hondureña en general y con las víctimas de graves violaciones a derechos humanos en particular. 

En cuanto a estas últimas, basta decir que resulta alarmante la falta de capacidad y voluntad política del Ministerio Público para abordar los tres eventos más críticos de nuestra frágil historia democrática: la implementación de la doctrina de seguridad nacional en los años 80, el golpe de Estado de 2009 y la actual crisis política generada por la reelección inconstitucional y fraudulenta del señor Juan Orlando Hernández. 

Reconozco, señor Fiscal General, que se han dado algunos pasos positivos gracias al acompañamiento de la Misión de Apoyo contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH), la creación de la Unidad Fiscal Especial Contra la Impunidad y la Corrupción (UFECIC) y el nombramiento del fiscal Luis Javier Santos al frente de esta última, quien ha demostrado con creces su compromiso con los valores democráticos, el Estado de derecho y la lucha contra la corrupción. 

Como usted sabe, recientemente la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Honduras (OACNUDH) presentó un informe especial sobre “Las violaciones a los derechos humanos en el contexto de las elecciones de 2017 en Honduras”. En él, este órgano internacional revela que el Ministerio Público no prestó su colaboración ni respondió a las solicitudes de reuniones a nivel superior para abordar la crisis de derechos humanos. 

Indudablemente, esta posición institucional deja en entredicho una vez más la obligación que usted tiene de cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República, los tratados internacionales de derechos humanos y las leyes nacionales; no obstante, usted todavía tiene la oportunidad de enmendar esta postura y cumplir con su deber de investigar y sancionar a los responsables de las graves violaciones a derechos humanos señaladas en dicho informe. 

Para demostrarle que mi crítica es constructiva y que todavía tengo una pequeña esperanza de que usted como Fiscal General, dé los primeros pasos para que el Ministerio Público salde su deuda histórica con las víctimas de violaciones a derechos humanos, le comparto un breve análisis general sobre cómo se deben iniciar y orientar las investigaciones con el fin de detener el círculo vicioso de la impunidad. 

En primer lugar, el informe de la OACNUDH le brinda una serie de elementos esenciales que constituyen una base sólida para el inicio de investigaciones, ya que demuestra lo siguiente: 

1. Que la Policía Militar y la Policía Nacional hicieron un uso intencional y letal de las armas de fuego, incluso más allá del propósito disuasorio, como cuando las víctimas estaban huyendo. 

2. Que al menos 16 personas murieron violentamente a causa de los disparos de policías y militares, entre ellas dos mujeres y dos niños. 

3. Que 7 víctimas murieron como consecuencia de impactos de bala en la cabeza, lo cual equivale a ejecuciones extrajudiciales. 

4. Que al menos 60 personas resultaron heridas, la mitad de ellas con municiones reales. 

5. Que se produjeron detenciones masivas, malos tratos en el momento de la detención o durante la detención, y allanamientos ilegales de viviendas. 

En segundo lugar, para golpear contundentemente a la impunidad ante estas graves violaciones a derechos humanos, el Ministerio Público tiene la obligación de apuntar hacia la responsabilidad de los superiores civiles y jefes militares oficiales, la cual se extiende a los crímenes cometidos por fuerzas bajo su mando o autoridad y control efectivo. En este caso, los responsables superiores son el General Fredy Santiago Díaz Zelaya, Secretario de Defensa Nacional por ley, General Julián Pacheco Tinoco, Secretario de Seguridad, y Coronel Óscar Reyes Paz, jefe de la Policía Militar de Orden Público. 

En tercer lugar, por las siguientes razones jurídicas estos tres jerarcas militares son responsables por los crímenes documentados por la OACNUDH en su informe: 

1. Porque tuvieron conocimiento de la comisión de estos crímenes e hicieron caso omiso deliberadamente a la información sobre los mismos. 

2. Porque estos crímenes guardan relación con actividades bajo su responsabilidad y control efectivo. 

3. Porque no adoptaron todas las medidas necesarias y razonables para evitarlos, reprimirlos o denunciarlos. 

En cuarto lugar, el informe de la OACNUDH ratifica que estos tres jerarcas militares tenían conocimiento de los actos delictivos de sus subordinados, sin embargo, hicieron caso omiso a los mismos e incluso entorpecieron el trabajo de este órgano internacional, ya que: 

1. Los Ministerios de Defensa y Seguridad no le proporcionaron a la OACNUDH información sobre las órdenes que regulaban las operaciones. 

2. La Fuerza de Seguridad Interinstitucional (FUSINA) negó a la OACNUDH el acceso a los registros de las personas detenidas en la 105ª Brigada de Infantería. 

En cuarto lugar, aunque estos 3 jerarcas militares no hayan impartido una orden específica de cometer estas graves violaciones a derechos humanos, son responsables aun por actos de sus subordinados que ellos no hayan conocido, pero que, dadas las circunstancias del caso, hayan debido conocer, impedir, reprimir o denunciar. 

En quinto lugar, en el marco de la crisis electoral, estos crímenes documentados por la OACNUDH eran tan notorios y generalizados que es imposible argumentar que los generales Díaz Zelaya y Pacheco Tinoco, y el coronel Reyes Paz, no tenían conocimiento de ellos. En este sentido, resulta evidente que: 

1. Existía información de la cual resultaba claramente un riesgo significativo de que sus subordinados estaban cometiendo o se proponían cometer tales crímenes. 

2. Esa información estaba a su disposición a través de los diversos informes de organismos nacionales, tanto de sociedad civil como del propio Estado (Informe del Comisionado Nacional de Derechos Humanos) e internacionales como Amnistía Internacional. 

3. No se ocuparon profundamente de esa información, aunque conocían su existencia. Más aún, a través de conferencias públicas y comunicados oficiales se puede comprobar que apoyaron y consintieron la actividad criminal de sus subordinados. 

Señor Fiscal General, los argumentos fácticos y jurídicos con que cuenta el Ministerio Público para orientar las investigaciones en la línea propuesta pueden ser fortalecidos con otros informes, tales como, el de Amnistía Internacional, de la Coalición contra la Impunidad, de Human Rights Watch, de la Federación Internacional de Derechos Humanos, del Comité de Familiares Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH), del Comité por la Libre Expresión (C-Libre) o del Comisionado Nacional de Derechos Humanos. 

Le recuerdo, además, que según la jurisprudencia interamericana –que es obligatoria en nuestro ámbito nacional- la falta de una investigación seria y diligente por parte del Ministerio Público no sólo pone en riesgo la seguridad democrática al alimentar la impunidad e impedir la plena realización del Estado de derecho, también propicia la repetición crónica de las violaciones a derechos humanos, la total indefen­sión de las víctimas y sus familiares, y el aumento de la desconfianza ciudadana, particularmente cuando los responsables forman parte de las altas estructuras del Estado, como sucede en los casos documentados por la OACNUDH. 

Sin duda alguna, hay suficiente fundamento jurídico para que el Ministerio Público a través de sus fiscalías especializadas asuma la persecución penal de los casos documentados en el informe de la OACNUDH y de esta manera envíe a la sociedad un mensaje de su voluntad política para perseguir estos crímenes, cuyos efectos siguen vigentes, y que debido al carácter permanente de su comisión, la extensión del daño causado y la gravedad de sus consecuencias, permite exigir su castigo en forma actual y permanente. 

Le garantizo que esta acción permitiría pasar del cuestionamiento de la eficacia del ius puniendi del Ministerio Público en materia de derechos humanos, a un acercamiento significativo con la sociedad y con las organizaciones de derechos humanos, lo cual abriría el camino para la construcción de espacios de coordinación y fortalecimiento mutuo, tal y como lo reclama la precaria situación de los derechos humanos que vivimos. Además, posiblemente se produciría una modificación de la percepción ciudadana que, en este momento, ve a la institución que usted lidera como deficiente, carente de independencia y sin ningún impacto significativo en la generación de cambios estructurales en la lucha contra la impunidad. 

En sus manos está, abogado Chinchilla, ser recordado como el Fiscal General que cumplió con su obligación constitucional de representar los intereses generales de la sociedad y reprimir las graves violaciones a derechos humanos, o ser recordado como el Fiscal General cómplice del desprecio a la dignidad humana y corresponsable de los crímenes documentados por la OACNUDH y las organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos. No olvide que, como lo señala Julio Scherer Ibarra, “dejar pasar el delito es tanto como extenderlo en la práctica”. 

Atentamente, 

Dr. Joaquín A. Mejía Rivera

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