El 12 de Marzo de
1923 los 5 Estados centroamericanos -Guatemala, Honduras, El Salvador,
Nicaragua y Costa Rica- adoptaron un Tratado General de Paz y Amistad con el
fin de continuar con las buenas relaciones entre ellos y establecer las más
sólidas bases para la existencia de un escenario de paz en el istmo.
En virtud de este tratado, los Estados
centroamericanos se comprometieron a cumplir 3 principios fundamentales para el
fortalecimiento y la defensa común de la consolidación democrática en la
región.
En primer lugar, mantener en las Constituciones nacionales
el principio de no reelección del Presidente y Vicepresidente de la República,
y promover la respectiva reforma constitucional para prohibirla en caso que
estuviera permitida al momento de adoptar el Tratado General.
En segundo lugar, considerar una amenaza para la
paz regional todo acto, disposición o medida que altere el orden democrático, ya
sea que proceda de algún poder público o de particulares, y no reconocer a
gobiernos de ninguna de las 5 repúblicas que surjan de un golpe de Estado.
Y en tercer lugar, inhabilitar para las altas
magistraturas del Estado a los líderes de una ruptura del orden constitucional.
De acuerdo con la sentencia de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos en el caso López Lone y otros contra
Honduras, el pleno de la Corte Suprema de Justicia cometió un hecho ilícito
internacional al participar activamente en el golpe de Estado de 2009.
Los 4 magistrados actuales que inexplicablemente pasaron
el primer filtro de la Junta Nominadora -Jacobo Antonio Cálix, Rosa de Lourdes
Paz Haslam, Raúl Antonio Henríquez Interiano y Víctor Manuel Martínez Silva-, sin
duda alguna fueron piezas fundamentales para consolidar la ruptura del orden democrático.
Por tanto, las candidaturas de estos magistrados
debieron ser rechazadas ipso facto por la Junta Nominadora, ya que al
integrar y liderar uno de los poderes públicos que atentó contra la democracia,
y a la luz de la citada sentencia de la Corte Interamericana y del Tratado
General de Paz y Amistad, se colocaron en una condición de inelegibilidad para
ocupar cualquier alta magistratura del Estado.
La Junta Nominadora tiene ante sí dos opciones: expulsar inmediatamente de la lista a los magistrados Cálix, Paz Haslam, Henríquez Interiano y Martínez Silva, con lo que enviaría un mensaje de confianza simbólico a la sociedad, o mantenerlos y ratificar que esta elección, al igual que las anteriores, está marcada por la influencia de los poderes fácticos del país.
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