En 5 días entrará en vigencia el nuevo Código Penal. Ni siquiera la emergencia nacional provocada por la pandemia del Coronavirus hace que quienes controlan autoritariamente el Congreso Nacional desistan de su decisión de poner en vigor una norma fuertemente cuestionada.
Las razones de ese cuestionamiento son de forma y de fondo. Entre las de forma se encuentran que el proyecto de Código Penal y sus 4 versiones no fueron publicados en el portal del Congreso Nacional ni se conoció cuál fue la versión que finalmente se aprobó.
Pese a ser una norma tan importante para la democracia y los derechos humanos, se dispensaron los 3 debates en el Congreso y el cronograma de las sesiones en que se discutió no fue debidamente publicado, y, por tanto, la ciudadanía no supo el contenido de lo que se discutía.
Finalmente, el dictamen de la Corte Suprema de Justicia sobre la constitucionalidad del Código Penal fue remitido al Congreso Nacional 7 meses después de que iniciara la discusión del mismo, pese a que la Constitución señala que primero se debe conocer dicho dictamen antes de comenzar las discusiones.
Y entre las razones de fondo podemos señalar dos en concreto: primero, es un código que reduce las penas para los delitos de corrupción, narcotráfico y violación sexual; segundo, contiene delitos redactados de forma vaga y ambigua que limitan los derechos y libertades ciudadanas.
En otras palabras, el nuevo Código Penal parece que tiene dos caras: una que favorece a personas corruptas y narcotraficantes, y a violadores sexuales, y otra que limita abiertamente los derechos, sobre todo los vinculados con la libertad de expresión, de reunión, de asociación y de participación.
Así las cosas, nos sumamos a las exigencias de los diferentes sectores de la sociedad que como mínimo piden que se suspenda durante un año la entrada en vigencia de este código para que, durante ese tiempo, se desarrolle un verdadero proceso de interlocución y socialización.
Las razones de ese cuestionamiento son de forma y de fondo. Entre las de forma se encuentran que el proyecto de Código Penal y sus 4 versiones no fueron publicados en el portal del Congreso Nacional ni se conoció cuál fue la versión que finalmente se aprobó.
Pese a ser una norma tan importante para la democracia y los derechos humanos, se dispensaron los 3 debates en el Congreso y el cronograma de las sesiones en que se discutió no fue debidamente publicado, y, por tanto, la ciudadanía no supo el contenido de lo que se discutía.
Finalmente, el dictamen de la Corte Suprema de Justicia sobre la constitucionalidad del Código Penal fue remitido al Congreso Nacional 7 meses después de que iniciara la discusión del mismo, pese a que la Constitución señala que primero se debe conocer dicho dictamen antes de comenzar las discusiones.
Y entre las razones de fondo podemos señalar dos en concreto: primero, es un código que reduce las penas para los delitos de corrupción, narcotráfico y violación sexual; segundo, contiene delitos redactados de forma vaga y ambigua que limitan los derechos y libertades ciudadanas.
En otras palabras, el nuevo Código Penal parece que tiene dos caras: una que favorece a personas corruptas y narcotraficantes, y a violadores sexuales, y otra que limita abiertamente los derechos, sobre todo los vinculados con la libertad de expresión, de reunión, de asociación y de participación.
Así las cosas, nos sumamos a las exigencias de los diferentes sectores de la sociedad que como mínimo piden que se suspenda durante un año la entrada en vigencia de este código para que, durante ese tiempo, se desarrolle un verdadero proceso de interlocución y socialización.
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