La
reelección del presidente Juan Orlando Hernández no es un simple capricho
personal que surgió a último momento. Es parte de un plan bien orquestado que
se fraguó desde que se convirtió en presidente del Congreso Nacional en el
gobierno de Porfirio Lobo Sosa, el cual surgió
de unas cuestionadas elecciones organizadas por el gobierno de facto que asumió
el poder después del golpe de Estado en 2009.
Uno de
los puntos centrales de dicho plan ha sido asegurar el control absoluto de las
instituciones democráticas y exaltar su figura personal desde una lógica
mesiánica que proyecta al presidente Hernández como el único “hombre” capaz de
manejar con mano dura las riendas del país. Para ello, él y sus partidarios han
logrado concentrar el poder en su persona pero guardando las apariencias formales de la
democracia representativa.
El
control de la institucionalidad como condición previa para el proyecto
continuista
En la
madrugada del 12 de diciembre de 2012,
Juan Orlando Hernández y su partido se basó en acusaciones vagas de vinculación
con el crimen organizado para destituir ilegalmente a cuatro magistrados de la
anterior Sala de lo Constitucional, que había declarado inconstitucional uno de
sus proyectos estrellas, la “Ley de las Ciudades Modelo”, y en el mismo acto
nombraron a cuatro nuevos magistrados afines que posteriormente revirtieron esa
decisión.
El único magistrado sobreviviente a las
destituciones fue Óscar Chinchilla, quien fue el único que votó a favor de la
constitucionalidad de dicho proyecto, y ocho meses después fue nombrado Fiscal
General del Estado por el parlamento anterior en una cuestionada elección
debido a que en el proceso de preselección había sido descartado por la Junta
Nominadora y a que conforme a la Constitución debía ser elegido por el
parlamento actual.
Bajo esta misma lógica de control de instituciones
claves, se eligió al nuevo Procurador General del Estado y al Comisionado
Nacional de los Derechos Humanos, se integró el Consejo de la Judicatura y de la
Carrera Judicial, cuya ley de creación fue declarada inconstitucional por la
Sala de lo Constitucional actual, provocando que sus funciones se concentren en
la figura del nuevo presidente de la Corte Suprema de Justicia, hombre de
confianza del presidente Hernández.
La
elección de la actual Corte Suprema de Justicia que quedó integrada por 8 magistrados afines al
Partido Nacional del mandatario y 7 al Partido Liberal, también se enmarca
dentro de esa misma lógica. A su vez, se activó el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, que
más que un órgano de coordinación entre los poderes del Estado, tiene todas las
características de un supra gobierno presidido por el Presidente de la
República.
Las
Fuerzas Armadas tampoco han escapado de tal control, ya que el presidente
Hernández ha logrado colocar a familiares, amigos y ex compañeros del Liceo
Militar del Norte en puestos claves tales como, la Universidad de Defensa, el
Estado Mayor Presidencial, la Dirección Nacional de Investigación e
Inteligencia, las Fuerzas Especiales, la Fuerza Aérea Hondureña y la comandancia general
del Ejército. Y para cerrar el círculo, se creó la Policía Militar de Orden
Público que además de otorgarle las mismas facultades de la Policía Nacional,
mediante una reforma a su ley constitutiva se le asignó todas aquellas
funciones y acciones que le ordene el Presidente de la República.
Vía libre
para la reelección
Existen dos
razones fundamentales por las cuales la reelección presidencial sigue siendo
ilegal e ilegítima pese a la sentencia que la declara inaplicable: Primero, su
prohibición está contenida en un artículo pétreo que ningún poder constituido
como el Congreso, el Ejecutivo o la Corte Suprema pueden anular, ya que solo el
pueblo hondureño, como titular del poder constituyente de acuerdo al artículo 2
constitucional, tiene la facultad de modificar o eliminar.
Segundo,
el artículo 4 constitucional que establece la obligatoriedad de la
alternabilidad en el ejercicio de la presidencia sigue vigente y por tanto, es obligatorio que la persona titular de
la Presidencia de la República cambie periódicamente y es prohibitivo que quien ostenta
actualmente ese cargo, lo ejerza por otro período consecutivo sin mediar el
intervalo de un período.
Aún si
aceptáramos la legalidad de la reelección, todos los expresidentes podrían
optar a un segundo mandato menos Juan Orlando Hernández porque se lo impide el principio de la alternabilidad en el
ejercicio de la Presidencia que le obliga a esperar al menos a que pase un período
presidencial. Pese
a la contundencia de estas razones constitucionales, toda la institucionalidad
del Estado defiende la supuesta legalidad de la reelección y con una pobreza
argumentativa impresionante se limitan a señalar que la reelección es legal
porque hay una sentencia que dice que es legal.
De esta
manera, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia declaró
inaplicable el artículo pétreo que contiene la prohibición de la reelección, el
Congreso Nacional rechazó la petición de convocar a un plebiscito para
consultar al poder constituyente si está de acuerdo o no con la reelección, el
Tribunal Supremo Electoral inscribió la candidatura del señor Hernández y las
Fuerzas Armadas se declararon “respetuosas” de estas decisiones pese a que el
artículo 272 constitucional les ordena garantizar la alternabilidad en el ejercicio de la
presidencia.
Finalmente,
el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos solicitó al Congreso Nacional
derogar los artículos constitucionales que prohíben la reelección a pesar de su
ilegalidad e ilegitimidad, y el Ministerio Público sigue guardando un silencio
sepulcral pese a su obligación de iniciar investigaciones de oficio por el
delito de traición a la patria en virtud de la suplantación de la soberanía
popular y la transgresión del principio de alternabilidad.
Indudablemente nos encontramos frente a un nuevo rompimiento del orden constitucional que no puede comprenderse sin el contexto de subordinación absoluta de las instituciones al Poder Ejecutivo. En 2009, quienes ejecutaron el golpe de Estado justificaron el uso de las armas y la violencia para detener las presuntas intenciones reeleccionistas del ex presidente Manuel Zelaya Rosales; en 2017, el presidente Hernández ha consolidado una inmensa de red de favores y controles para colocar al frente de la institucionalidad a fieles partidarios que no entorpecerán sus planes continuistas aunque para ello se cometan aberraciones jurídicas inimaginables en un Estado de derecho y que representan un nuevo golpe a la frágil democracia hondureña.
Publicado en El Faro.net el 23 de enero de 2017.
Fuente: https://elfaro.net/es/201701/columnas/19828/El-ABC-de-un-nuevo-golpe-de-Estado-en-Honduras.htm
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