viernes, 27 de mayo de 2011

Preocupaciones respecto a una eventual reincorporación de Honduras a la OEA

Carta a los Embajadores ante la OEA
27-05-11

16 de mayo de 2010

Distinguidos embajadores

Misiones permanentes ante la

Organización de los Estados Americanos


Ref.: Reintegro de Honduras a la OEA


Sus Excelencias:

Reciban un cordial saludo de las organizaciones de derechos humanos que suscriben la presente misiva.

En esta ocasión nos dirigimos a ustedes para expresar nuestras preocupaciones respecto a una eventual reincorporación del Estado de Honduras a la Organización de los Estados Americanos (OEA).

Según hemos conocido a través de los medios de comunicación, diversos representantes estatales se han pronunciado sobre la pertinencia de analizar la inmediata reincorporación de Honduras. Un elemento que podría haber sido clave en la evaluación política ha sido la anulación de los procesos judiciales pendientes en contra del ex Presidente Manuel Zelaya Rosales.

Al respecto, y de manera preliminar, es importante aclarar que la decisión de las autoridades judiciales solamente implica una anulación de actuaciones por irregularidades procesales y no el archivo definitivo del proceso. Ello podría significar que el Ministerio Público puede presentar las mismas acusaciones en contra del ex Presidente en cuanto éste regrese a Honduras (siempre y cuando no hayan prescrito).

Amén de lo anterior, consideramos que en la evaluación sobre la pertinencia del reintegro de Honduras a la OEA debe primar el cumplimiento de los principios democráticos que son la razón de ser y deberían regir el actuar de la OEA, y en este sentido, son de especial importancia, entre otras, las resoluciones emitidas por este organismo en relación con la situación hondureña, al igual que las relativas a la misión auspiciada por la OEA.

Cabe recordar la condena del Golpe de Estado ocurrido el 28 de junio de 2009 lo que significó que la Asamblea General de esta Organización resolviera

Declarar que no se reconocerá ningún Gobierno que surja de esta ruptura inconstitucional y reafirmar que los representantes designados por el Gobierno constitucional y legítimo del Presidente José Manuel Zelaya Rosales son los representantes del Estado de Honduras ante la Organización de los Estados Americanos.

La ruptura del orden constitucional ocurrida en junio de 2009 fue apoyada desde las más altas jerarquías de instituciones claves en todo Estado de Derecho. Así, la Corte Suprema de Justicia, el Congreso Nacional de la República, la Procuraduría General de la República y hasta el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos avalaron o tuvieron una participación activa y determinante en la ejecución del golpe de Estado. Pese a ello, estas personas se mantienen en sus cargos, generando serias dudas respecto a la independencia e imparcialidad con que realizan sus funciones así como las garantías existentes para la vida en democracia.

Adicionalmente, aún cuando el ejército fue responsable de la ejecución del golpe, lejos de establecer las responsabilidades correspondientes, actualmente existen militares de alto rango que tuvieron una participación directa en el golpe que tienen cargos claves dentro del gobierno de Porfirio Lobo. Ello ha significado que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos exprese su preocupación en las Observaciones preliminares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre su visita a Honduras realizada del 15 al 18 de mayo de 2010:

124. En este intento de normalización institucional, la CIDH observa con preocupación que altos mandos del Ejército o ex miembros del mismo contra quienes se han formulado denuncias por su participación en el Golpe de Estado estén ocupando la gerencia de dependencias públicas en el gobierno de Porfirio Lobo. Así, el General de División Venancio Cervantes es Director General de la Dirección de Migración y Extranjería (era Sub jefe del Estado Mayor Conjunto al momento del golpe de Estado); el General de Brigada Manuel Enrique Cáceres es Director de Aeronáutica Civil; el ex General Nelson Wily Mejía se halla a cargo de la Dirección de la Marina Mercante y el ex General Romeo Vásquez Velásquez es gerente de la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (Hondutel) (era Comandante en Jefe de las FFAA al momento del golpe de Estado)[1].

Por otra parte, en el contexto del golpe de Estado y como resultado del mismo ocurrieron innumerables violaciones a los derechos humanos que afectaron principalmente a las personas que se manifestaron en contra de la citada ruptura, en este sentido se limitó arbitraria y excesivamente la libertad de expresión, la libertad de reunión, la libertad personal e inclusive numerosas personas perdieron sus vidas en virtud de su defensa de la democracia. No obstante, ninguna de estas violaciones ha sido efectivamente sancionada.

Ahora bien, en adición al mantenimiento de las estructuras que propiciaron y avalaron el Golpe de Estado y a la falta de respuesta relacionada con las violaciones de derechos humanos cometidas, es fundamental que, a la hora de valorar la posible reincorporación del Estado de Honduras al seno de la Organización, se valore como mínimo, el cumplimiento efectivo de las conclusiones y recomendaciones que realizó la Comisión de Alto Nivel nombrada por la Asamblea General para analizar la situación de Honduras.

Como es de su conocimiento, en el informe del 29 de julio de 2010, dicha Comisión señaló la importancia de observar avances concretos, entre otros, respecto a lo siguiente:

1. “… poner fin a los juicios iniciados durante el régimen de facto en contra del ex Presidente Zelaya y sus colaboradores, conforme a la legislación de Honduras. […]”

2. Las investigaciones para esclarecer los asesinatos de periodistas y defensores y defensoras de derechos humanos;

3. La adopción de medidas para poner fin a las amenazas y hostigamientos contra defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales, maestros y miembros del Frente Nacional de Resistencia Popular, jueces que participaron en actividades contra el golpe de Estado;

4. La implementación efectiva de mecanismos de cumplimiento de las medidas cautelares dictadas para proteger la vida e integridad de numerosas personas que se encuentran en situación de riesgo; y

5. El cese a la impunidad por las violaciones a los derechos humanos, incluyendo las verificadas por la CIDH y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU.

Pese a ello, al día de hoy no se ha dado cumplimiento total a los anteriores puntos, es decir, no se han cumplido las condiciones mínimas establecidas por la OEA que justifiquen el levantamiento de la suspensión de dicho Estado en la Organización. Cualquier diálogo que se realice en el seno de la OEA para analizar la reincorporación de Honduras debe considerar, como mínimo, lo establecido por la citada Comisión.

Desde una perspectiva de derechos humanos y de defensa del derecho a la democracia, consideramos que la enmienda de los hechos ocurridos en el marco del golpe en Honduras no consiste únicamente en la restitución de los derechos de Manuel Zelaya —que por cierto deben ser reparados— sino en el restablecimiento del Estado de Derecho. Para ello, es fundamental que exista un sistema de tutela de garantías que funcione de manera diligente, independiente e imparcial; acciones concretas de combate a la impunidad, y el cese inmediato de los actos de persecución y represión en contra de los sectores críticos del gobierno.

Las valoraciones que se realicen respecto de Honduras no pueden obviar lasobligaciones internacionales en materia de derechos humanos que tiene ese Estado ni los pronunciamientos y recomendaciones que distintas instancias internacionales han emitido, particularmente la CIDH, la Oficina de la Alta Comisionada y el Consejo de Derechos Humanos en el marco del Examen Periódico Universal.

Sin duda alguna, esta discusión trasciende a la reincorporación de un Estado que irrespetó los principios básicos sobre los que se rige la Organización, sino que puede convertirse en un desafortunado precedente que avala una respuesta inadecuada a un golpe de Estado con consecuencias actuales para las democracias de las Américas. Por ello, consideramos que esta es una oportunidad histórica para que la OEA brinde una respuesta coherente con la garantía de los derechos amparados en la Carta Democrática Interamericana. Confiamos en que la misma no será desaprovechada.

Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para expresarle las muestras de nuestra más alta consideración.

Asociación de Jueces por la Democracia - Honduras

Asociación para una vida mejor de las personas infectadas/afectadas por el VIH-SIDA en Honduras (APUVIMEH)

Centro de Derechos de Mujeres de Honduras (CDM)

Centro de Investigación y Promoción de Derechos Humanos (CIPRODEH) - Honduras

Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos - Perú Equidad

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)

Colectiva de Mujeres Hondureñas (CODEMUH)

Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Honduras (COFADEH)

Comité por la Libre Expresión C-LIBRE - Honduras

Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES) - Colombia

Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación de la Compañía de Jesús (ERIC) - Honduras

Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH)

Frente de Abogados y Abogadas en Resistencia - Zona Norte - Honduras

FIAN Internacional

GMB - Sindicato General de Gran Bretaña

Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (IDHUCA) - El Salvador

Instituto de Estudios Políticos para América Latina y África (IEPALA) - España

Organización Fraternal Negra (OFRANEH) - Honduras

Red Lésbica Cattrachas - Honduras

Solidaridad Mundial - Bélgica

ADDENDA A LA CARTA SOBRE EL REINTEGRO DE HONDURAS A LA OEA (FIRMAS RECIBIDAS AL 20 DE MAYO DE 2011):


Asociación LGBT Arco Iris - Honduras

Asociación Americana de Juristas (AAJ)

Asociación de Capacitación e Investigación para la Salud Mental (ACISAM) - El Salvador

Asociación de Jueces para la Justicia y Democracia (JUSDEM) - Perú

Asociación para el Estudio y Promoción de la Seguridad en Democracia (SEDEM) - Guatemala

Asociación Pro-Búsqueda de Niñas y Niños Desaparecidos (PRO-BÚSQUEDA) – El Salvador

Centro de Estudios de la Mujer (CEM-H) - Honduras

Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura y sus familias (CPTRT) - Honduras

Centro Europeo y Latinoamericano para el Diálogo Social (CELDS)

Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) – Nicaragua

Centro para la Promoción de Derechos Humanos "Madeleine Lagadec" - El Salvador.

Chicago Religious Leadership Network on Latin America (CRLN)

Colectivo de hondureños en resistencia del norte de California

Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH) – Honduras

El Centro Internacional de Investigación en Derechos Humanos (CIIDH) - Guatemala

Foro de Mujeres por la Vida – Honduras

Friendship Office of the Americas

Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD) – El Salvador

Fundación Hermano Mercedes Ruiz (FUNDAHMER) – El Salvador

Fundación Salvadoreña para la Reconstrucción y el Desarrollo (REDES) El Salvador

Hermanas de la Misericordia de las Américas - Equipo de Justicia

Instituto de Estudios de la Mujer “Norma Virginia Guirola de Herrera” (CEMUJER) – El Salvador

Judges for Judges (Rechters voor Rechters) – The Netherlands

La Asociación Internacional por la Paz en Colombia y el Mundo (AIPAZCOMUN)

La Coordinación Ecuménica de la Iglesia de las y los pobres en El Salvador

(CEIPES)

Mesa Nacional Consejo Latinoamericano de Iglesias CLAI - Honduras

Movimiento de Mujeres por la Paz "Visitacion Padilla" - Honduras

Movimiento de Profesionales y Técnicos Patria Exacta – El Salvador

Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA)

Servicio Internacional Cristiano de Solidaridad con los pueblos de América Latina “Oscar Romero” (SICSAL)

Cc. Señor José Miguel Insulza, Secretario General de la OEA. Para su conocimiento.

Señor Santiago Canton, Secretario Ejecutivo de la CIDH. Para su conocimiento.


[1] CIDH. Doc. OEA/Ser.L/V/II. Doc. 68, de 3 junio 2010, párr. 124.

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