En noviembre de 2010, la oficina de la Fiscalía de
la Corte Penal Internacional inició un examen preliminar sobre la situación en
Honduras para determinar si existía una base razonable para abrir una
investigación con respecto a supuestos crímenes internacionales cometidos
después del golpe de Estado en junio de 2009.
De acuerdo con el artículo 7 del Estatuto de Roma,
los crímenes de lesa humanidad son todos aquellos actos inhumanos que se
cometen como (a) parte de un ataque generalizado o sistemático; (b) se
dirijan contra una población civil; y, (c) de conformidad con la política de un
Estado o de una organización.
El pasado 28 de octubre de este año, la Fiscalía
decidió cerrar el examen preliminar por considerar que a la luz de ese artículo
7, las graves violaciones a derechos humanos cometidas en Honduras no reúnen
los requisitos legales para considerarlos crímenes de lesa humanidad y por
tanto, para que entren dentro de la competencia de la Corte Penal
Internacional.
Frente a este anuncio, los medios corporativos que
apoyaron el golpe de Estado y los denunciados como Micheletti y Romeo Vásquez, han salido felices diciendo
que el cierre del examen preliminar es la prueba de que no cometieron ningún
crimen.
A ello se ha vuelto a prestar el desprestigiado Ramón Custodio López.
Sin embargo, hay que aclarar que la Fiscalía dejó establecido que en Honduras
sí se cometieron graves crímenes contra los derechos humanos y que los
responsables son los autores del golpe de Estado.
Entre esos crímenes se encuentran violaciones, asesinatos,
detenciones ilegales, ataques a la libertad de asociación y expresión. No
obstante, a pesar de su gravedad, éstos no contienen el elemento internacional
que los convierte en crímenes internacionales, es decir, su comisión
sistemática o generalizada contra una población civil, el cual es un requisito
fundamental para que sea competencia de la Corte Penal Internacional.
Por tanto, lo que nos dice la Fiscalía es que estos
graves crímenes contra los derechos humanos deben ser perseguidos y juzgados
por los tribunales nacionales, y que en caso de recibir nuevas comunicaciones
que comprueben que tales violaciones constituyen crímenes de lesa humanidad,
puede reconsiderar la decisión tomada y reabrir el examen preliminar.
A quienes perpetraron el golpe de Estado y las
graves violaciones a derechos humanos les recordamos que estas son
imprescriptibles, y que en algún momento las manos de la justicia los alcanzarán
así como está pasando actualmente en muchos países del continente americano.
Y las organizaciones de derechos humanos debemos aprender la lección de
esta experiencia: Sin coordinación, sin confianza, sin articulación y sin
humildad para superar los protagonismos y los egos, solo colaboramos para que
la justicia siga retrasando su encuentro con las víctimas.
1 comentario:
A las lecciones por aprender para las organizaciones de derechos humanos y redes de defensoras, yo sumaría, aprender a documentar debidamente las acciones u omisiones del Estado; esto incluye no sólo presentar denuncias sino tramitar las mismas hasta el final,
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